La querella contra las cofradías de la ría asociadas a la lonja de Campelo ya es historia. La Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de declarar el sobreseimiento libre del caso o, lo que es lo mismo, el archivo sin opción alguna a una futura reapertura. Esto llega después del recurso de apelación presentado por la defensa el pasado 2021, cuando el Juzgado de Instrucción número 1 de Pontevedra declaró el sobreseimiento provisional y rechazó el recurso interpuesto posteriormente.
Ahora, el auto de la Audiencia Provincial, que estima el recurso presentado ante este tribunal, aprecia que los razonamientos expuestos en el informe del Fiscal "deberían ter levado a ditar un sobresemento libre consonte ao art. 637.2.º da norma procesual (pedimento que sería xa de esperar do propio Fiscal, en coherencia coas premisas do seu informe), e non un sobresemento provisorio, que supón manter o proceso en situación de quiescencia e latencia". En este sentido, si bien el sobreseimiento del proceso ya se había dictaminado en el pasado año 2021 de forma provisional, al haber transcurrido más de dos años de instrucción, cuando el plazo habitual estipula un año, la defensa vio fundamental sellar el proceso definitivamente aludiendo al perjuicio sobre las personas implicadas, que durante los últimos años han sumado más de 20 imputados, incluidos los tres patrones mayores de las cofradías de Pontevedra, Lourizán y Raxó, además de testigos, funcionarios, biólogos de las cofradías o gerentes de la lonja, entre otros.
Del mismo modo, tal y como ha aclarado a este medio el abogado de la directiva de la Agrupación de Marisqueo de a pie de San Telmo (Pontevedra), Alberto Muñoz, no cierra la puerta a una posible reclamación por daños y perjuicios, si bien juzga fundamental por parte de la Fiscalía "un comunicado de prensa pidiendo perdón a estas personas. Se ha malentendido esta profesión y la normativa del sector y se ha provocado una conmoción no solo en este ámbito, sino en toda Galicia", ha señalado.
RELEVANCIA PENAL. A lo largo del procedimiento, iniciado en el año 2019, se llegaron a imputar delitos de falsedad documental atribuida a documentos mercantiles (los llamados vales) para vender toneladas de almeja que se debía haber devuelto a la lonja; banda organizada, así como delito medioambiental, ya que se apreciaba una esquilmación de los bancos de marisqueo como resultado de estas prácticas. El auto de la Audiencia Provincial señala ahora que "o que se deriva das dilixencias practicadas é a falta de relevancia penal dos feitos que deron lugar á incoación da causa; e, polo tanto, o que delas resulta é que os concretos feitos investigados, dende unha perspectiva obxectiva ‘ex ante’, non poden cumprir os elementos típicos de ningunha figura penal".
Para el abogado de la defensa, Alberto Muñoz, "no se trataba de encontrar pruebas, sino que los hechos en si mismos no podían ser perseguidos, no existía delito. Fue una instrucción agotadora, en la que se condenó antes de investigar y en la que se demostró un desconocimiento total del sector", manifestó.
Durante el transcurso de la investigación se llegaron a barajar "hasta cuatro millones de euros" de ingresos ilícitos, tal y como recuerda el abogado defensor, durante "cuatro años" de una investigación que salió a la luz a causa de la alerta dada por los propios patrones mayores de las cofradías de Pontevedra y de Raxó, y que acabó en manos del Seprona y posteriormente de la Fiscalía, incluyendo a los patrones mayores de Pontevedra, Lourizán y Raxó como imputados.