Nuevo giro en la investigación judicial del crimen de Ponte Caldelas

Un recurso deja sin efecto los escritos de acusación y defensa y obliga a ampliar el informe forense y a pedir la triangulación

Sandra M. ostenta la condición de víctima e investigada. G.G. (crimen de Ponte Caldelas)
photo_camera Sandra M. ostenta la condición de víctima e investigada. G.G.

Nuevo giro en el proceso de investigación judicial por la muerte del vecino de Ponte Caldelas Manuel Rivas Muíños, Manolán, el 28 de noviembre de 2015 en su vivienda, en la calle México del citado municipio.

Cuando parecía que todo estaba listo para que se abriese el juicio oral por la muerte de Manolán, después de que todas las partes formulasen los escritos de acusación y defensa y cuando ya se había celebrado la audiencia preliminar para el mismo, la Audiencia Provincial estima un nuevo recurso de la acusación particular que deja sin efecto esos trámites.

Andrés Malvar, el abogado de la acusación encabezada por los padres de la víctima, había anunciado esta acción en junio, al desestimar la jueza de Instrucción algunas de las diligencias aceptadas previamente en un auto similar.

El recurso ante la sección cuarta de la Audiencia, que fue parcialmente estimado el día 4 de este mes, reclamaba la integridad de las diligencias, que habían sido admitidas también después de ser rechazadas inicialmente.

La acusación particular, que ya logró respaldo de la Audiencia para que la viuda sea investigada (otro punto que inicialmente había rechazado la Instrucción), consideraba que dos de esas pruebas eran imprescindibles para determinar si hubo o no participación de la mujer en los hechos.

La primera de las pruebas es la triangulación de los teléfonos móviles de las tres personas participantes en este triángulo amoroso: el del autor confeso, Marcos Vidal; el de la víctima mortal, Manuel Rivas, y el de Sandra M. en su doble condición de esposa de la víctima y amante del ejecutor material.

La primera de las pruebas es la triangulación de los teléfonos móviles

La jueza consideró en junio que la Ley 25/2007 hablaba de la obligatoriedad de las empresas de conservar los datos solo durante doce meses, lo cual, a su juicio, hacía que la petición fuese inútil, dado que por aquel entonces ya se había sobrepasado con creces ese plazo. La Audiencia le señala que es "procedente dar cumplimiento a lo acordado" y recuerda que esta petición de la familia de Manuel ya había sido admitida anteriormente. Añade además que las empresas están obligadas a guardar los datos un año, pero que nada regula su destrucción, por lo que se desconoce si la firma en concreto, Orange, habrá procedido o no a su borrado.

El letrado de la defensa reconoce que, de obtener esta información, se podría tener una idea clara de los movimientos realizados tanto por Marcos Vidal como por Sandra M. en el día de autos y si éstos coinciden con las declaraciones de ambos, en las que ya se han detectado y reconocido varias lagunas, incongruencias y falsedades.

La segunda prueba admitida es la ampliación del informe médico para determinar con mayor precisión la hora del fallecimiento de Manuel Rivas, teniendo en cuenta los documentos gráficos aparecidos con posterioridad a la realización de ese informe: en concreto, la foto que el presunto autor material habría enviado por WhatsApp a Sandra M. para decirle lo que le había hecho a su marido.

Señala la importancia de la 'ampliación del informe forense a la vista de la fotografía de la víctima recibida por Sandra en su teléfono móvil'

La Audiencia señala la importancia de la "ampliación del informe forense a la vista de la fotografía de la víctima recibida por Sandra en su teléfono móvil" e indica que no la rechazó nunca, sino que la supeditó al hecho de que Sandra M. no era en el momento de la petición persona investigada. Señala además que, desde el instante en que lo es, no hay razón "para no acceder a la práctica de dicha diligencia, máxime cuando podría aportar datos nuevos".

El responsable de la acusación particular reconoce que "serán necesarias semanas o meses" para que se practiquen estas dos diligencias, pero recuerda que ambas se solicitaron por primera vez en marzo de 2016, apenas cuatro meses después del crimen, de modo que las dilaciones en este caso, en el que Marcos Vidal, uno de los acusados y autor confeso, podría cumplir los cuatro años en prisión antes de la celebración de la vista oral, "se deben más bien a las reticencias en la investigación" y "a la necesidad que siempre han tenido los padres de la víctima de fundamentar ante la Audiencia todos y cada uno de los pasos que se han dado para esclarecer totalmente las circunstancias que rodearon a la muerte de su hijo". De hecho, es la segunda vez que la Audiencia rectifica las decisiones de juez y fiscal en este caso, que, pese a tener un autor confeso, acumula 36 meses de instrucción.