El TSXG deniega a López Patricio la suspensión de la demolición de su vivienda

Enrique López Patricio en las inmediaciones de su casa. CERVERA-MERCADILLO
photo_camera Enrique López Patricio en las inmediaciones de su casa. CERVERA-MERCADILLO

El TSXG se ha pronunciado al respecto de la última apelación de la representación judicial de Enrique López Patricio, el vecino de San Adrián que lleva más de 40 días tratando de impedir la demolición de su casa con ayuda de los habitantes de Cobres.

El TSXG desestimó en mayo la petición del vecino de Riomaior, de cara a la no ejecución de la sentencia dictada el pasado 8 de octubre de 2009. Los argumentos de los jueces son, principalmente, relativos a la situación del Plan Xeral, puesto que el tribunal no comparte que se puedan «tener en cuenta a los efectos pretendidos precisamente por dicha circunstancia (la futura aprobación del PXOM), al margen de que, sean o no favorables esas previsiones, la aprobación definitiva de un nuevo plan general nunca conllevaría la automática legalización de la edificación». Además recuerdan que el informe del Concello indica que «precisaría de todos los permisos sectoriales preceptivos», para ello. A su vez, el tribunal señala que la casa ya no es domicilio a efectos habituales de López Patricio, pues «del examen de las notificaciones de las resoluciones que figuran en la documentación aportada por la parte demandante resulta que el domicilio en que se practican no viene constituido por la edificación que se procede a demoler».

Así las cosas, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia recuerda también que López Patricio ha solicitado este mismo aplazamiento en ocasiones anteriores sin que se haya concedido. De hecho, sostiene «cabe recordar que en la tramitación del presente incidente de ejecución de sentencia ya fue dictado auto el 30 de mayo de 2014 en que se rechazan las pretensiones de la parte demandante».

Posteriormente, «el auto de 28 de octubre de 2011 se desestima recurso contra providencia de 16 de septiembre de 2011, en que ya solicitaba el plazo de un mes para llevar a cabo la demolición voluntaria». Y más tarde se solicitó de nuevo «la suspensión de la ejecución de la sentencia por remisión a lo resuelto en el auto de 13 de julio de 2011, en que ya se había rechazado esta pretensión».

El tribunal también le dice al dueño de la vivienda que «no se puede considerar contrario a la equidad proceder a la ejecución de una sentencia del año 2009, referente a un acto administrativo del año 2000 sobre edificación en la zona de protección de Costas», recordando que el litigio lleva 18 años en marcha y que la sentencia es firme desde el año 2009.

Por su parte, López Patricio acudirá este viernes acompañado de una delegación de Salvemos Vilaboa a la oficina central de la Axencia para a Protección da Legalidade urbanística para abordar el asunto de la ejecución de este fallo, que hasta el momento no se ha realizado por la resistencia pacífica de los vecinos acampados en la zona para impedir el acceso a la misma.

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