Once años de cárcel por agredir sexualmente y golpear a su vecina en Tomiño

Las muestras biológicas fueron decisivas para establecer la autoría de los hechos 
Edificio de la Audiencia Provincial de Pontevedra. GONZALO GARCÍA
photo_camera Edificio de la Audiencia Provincial de Pontevedra. GONZALO GARCÍA

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 11 años de cárcel a un hombre como autor de un delito de allanamiento de morada, en concurso con un delito de agresión sexual y otro de lesiones, tras engañar a su vecina para entrar en su casa, agredirla sexualmente y golpearle la cabeza repetidamente contra el suelo. 

El tribunal provincial ha considerado probado que, en la madrugada del 8 de septiembre de 2018, el acusado se presentó en casa de una vecina, en Tomiño y llamó a la puerta haciéndose pasar por una mujer para engañarla y que le abriese. 

La víctima, creyendo que llamaba su vecina y que necesitaba ayuda, abrió la puerta y, al ver a un hombre con la cabeza cubierta por una capucha, la cara tapada y guantes, trató de volverla a cerrar. Sin embargo, el acusado se abalanzó sobre ella y la agarró con fuerza por los brazos. 

Según la sentencia, el hombre la tiró al suelo y, pese a la resistencia de la mujer, le realizó tocamientos en los pechos y en la vagina, por debajo del pijama que llevaba puesto. A continuación, le agarró la cabeza y la golpeó varias veces contra el suelo, marchándose después y dejándola tirada y herida.

RESTOS BIOLÓGICOS. La víctima, cuyo testimonio es convincente para la Audiencia, no pudo identificar en ese momento a su agresor, ya que no logró quitarle la capucha, aunque afirmó que sospechaba del acusado por su estatura y complexión, al que conocía porque vivía cerca con sus padres, e incluso había estado realizando trabajos de desbroce en su finca. 

El procesado, por su parte, negó los hechos en la vista oral, y aseguró que esa noche no había salido de casa, porque se encontraba mal (padece lupus), una declaración que fue corroborada por sus padres, que comparecieron en el juicio como testigos. 

No obstante, para el tribunal no hay dudas acerca de la autoría de los hechos, ya que se recogieron muestras biológicas en una mancha de sangre en la vivienda de la víctima, así como bajo sus uñas y en la cinturilla de su pijama, que se corresponden con el perfil genético del acusado.

DELITOS Y CONDENA. Por todo esto, la Audiencia de Pontevedra ha considerado al acusado autor de un delito de allanamiento de morada, en concurso con un delito de agresión sexual y otro de lesiones, y con la circunstancia agravante de disfraz. 

Así, lo ha condenado a la pena de 11 años de prisión y ha acordado imponerle la prohibición de comunicarse o acercarse a la mujer durante un período de 5 años tras su salida de la cárcel. También deberá indemnizarla en 300 euros por las lesiones.