Los restos de ADN señalan al autor de la agresión sexual a una vecina de Tomiño

Las pruebas biológicas determinan que el acusado es el agresor 
Edificio de la Audiencia Provincial de Pontevedra. GONZALO GARCÍA
photo_camera Edificio de la Audiencia Provincial de Pontevedra. GONZALO GARCÍA

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha dejado visto para sentencia el juicio contra un vecino de Tomiño por agredir sexualmente a una mujer. Los restos de ADN señalan al procesado como autor de la agresión sexual. 
El fiscal Pablo Varela ha destacado la importancia de las pruebas periciales biológicas que incriminan al acusado como autor de unos hechos por los que pide que sea condenado a 12 años de prisión. 

El acusado se ha declarado inocente. En respuesta a las preguntas de la Fiscalía ha explicado que conoce a la víctima porque vive cerca de la casa donde él reside junto a sus padres. También explicó que le contrató en varias ocasiones para que desbrozase su finca y detalló que en una ocasión se hizo un corte con la desbrozadora y que ella le curó de las heridas dentro de la casa. 

Con respecto al día en el que se produjo el asalto en casa de la mujer, el 8 de septiembre de 2018, el acusado aseguró que, aunque se celebraban las fiestas locales de la Virgen del Alivio, él se quedó en casa porque no se encontraba bien por el lupus que padece y tras haber sufrido días atrás un ataque epiléptico. Sus padres ratificaron esta versión de los hechos ante el tribunal. 

La víctima declaró a puerta cerrada, pero el fiscal valoró que su testimonio tenía "credibilidad sostenida" y que "de ningún modo es cuestionable la consistencia del relato". 

La mujer explicó que a las 5.45 horas una persona llamó a la puerta de su casa fingiendo ser su vecina y ocultándose bajo una sudadera con capucha y una prenda blanca que protegía su cara. Cuando ella abrió la puerta éste individuo se abalanzó sobre ella y la empujó hasta el salón de la vivienda en donde la tiró al suelo y abusó sexualmente de ella, a pesar de su resistencia y sus gritos. Tras completar la agresión el hombre le agarró por la cabeza golpeándola con fuerza contra el suelo, dejándola tirada allí cuando abandonó el domicilio.

LESIONES. Las forenses del Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga) aseguraron que las lesiones que presentaba la mujer son compatibles con los hechos denunciados. 

Asimismo, el fiscal ha destacado que la mujer "nunca imputó directamente al acusado" ya que no reconoció a su atacante, de modo que "es la prueba pericial la que determina la identificación" del procesado, ya que "los perfiles genéticos indubitados del acusado" le identifican de manera "concluyente" en el momento y el lugar en el que ocurrió la agresión sexual. 

Concretamente el laboratorio de Criminalística de la Guardia Civil y el Servicio de Biología recogieron muestras con el ADN del acusado en el marco de la puerta del dormitorio de la víctima y también en las uñas de la mano de la mujer y en el pijama que esta llevaba puesto. 

Por lo tanto, tal y como ha señalado Pablo Varela, "la víctima cuenta como fueron los hechos y las pruebas determinan quién es el autor". El fiscal ha reprochado la actitud del abogado defensor por "conculcar la debida protección de la víctima" al cuestionar su forma de vida deslizando la idea de que esta tiene problemas de alcoholismo. 

Además, subrayó que las analíticas realizadas por las forenses del Imelga ratificaron que "no hay ningún indicio que haga pensar que estaba afectada por ninguna embriaguez". El letrado de la defensa ha solicitado la libre absolución de su cliente. 

Además de los 12 años de cárcel por un delito de agresión sexual, en concurso con un delito de allanamiento de morada y otro de lesiones, la Fiscalía reclama que se le imponga al acusado una orden de alejamiento de la víctima durante ocho años, a contar desde su salida de prisión. 

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