El Supremo confirma la pena de 47 años de cárcel para el asesino de Arbo

El condenado cometió un doble asesinato en una pista forestal de Arbo en el mes de julio de 2015

El condenado, durante el juicio. JAVIER CERVERA-MERCADILLO
photo_camera El condenado, durante el juicio. JAVIER CERVERA-MERCADILLO

El Tribunal Supremo acaba de dar por buena la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra que condenó a Arturo D.S. a una pena de 47 años de cárcel por el doble asesinato que cometió en una pista forestal de Arbo en el mes de julio de 2015. El presidente del tribunal, José Juan Barreiro, redactó el dictamen en base a las respuestas del jurado popular sobre el veredicto que se le presentó, a través de las cuales el encausado fue considerado culpable de acabar con la vida de su expareja y del novio de ésta disparándoles a bocajarro, sin que tuviesen la más mínima posibilidad de defenderse. Tales argumentos han sido validados por el Alto Tribunal en un fallo contra el que ya no cabe recurso alguno.

El juez detalla en la sentencia que el ahora condenado, "cun comportamento posesivo, controlador e violento, insistía en reiniciar a relación e a convivencia con Beatriz (su expareja). Para tal efecto, trataba de seguir contactando con ela, e frecuentaba o bar Vila, de Arbo, onde Beatriz traballaba. Vixiábaa, el mesmo ou a través doutras persoas, e con este fin colocou un aparato de videogravación na rotonda situada a uns 25 metros da súa casa para comprobar cando pasaba e con quen. Tamén lle solicitou a un coñecido que inxerise algún sistema de control remoto no teléfono móbil dela para controlar as súas mensaxes de WhatsApp, onde se encontraba e con quen". Sobre el día del crimen, y siempre atendiendo al criterio expuesto por los miembros del jurado popular, el magistrado explica en la sentencia que "o acusado, coa intención de acabar coas súas vidas ou representándose que así podía resultar, entre as 00.30 e as 4 horas do día 3 de xullo de 2015, disparoulles a Beatriz e a Sergio (su novio) á cabeza cunha escopeta (...), cando se encontraban dentro do coche de Sergio. Logo apareceron mortos por mor duns disparos".

El fallo condena al procesado por el asesinato con alevosía de la mujer a la pena de 24 años de prisión. En cuanto al asesinato con alevosía del hombre, la pena finalmente impuesta es de 23 años de prisión.

Por otra parte, y a tenor de lo previsto en el artículo 76.1 del Código Penal, el juez fija como máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable el de 40 años de prisión.

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