El auto de sobreseimiento provisional de la investigación a Lendoiro es firme

Un juzgado desestimó el recurso de reforma que había presentado el denunciante

Augusto César Lendoiro. AEP
photo_camera Augusto César Lendoiro. AEP

El auto que decretó el sobreseimiento provisional de la investigación al expresidente del RC Deportivo Augusto César Lendoiro es firme después de que el socio del club que presentó la denuncia en 2014 no haya presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

La semana pasada, el juzgado de instrucción número 3 de la ciudad gallega, que investigó la causa, desestimó el recurso de reforma que había presentado el denunciante y mantuvo el sobreseimiento provisional.

Contra esa resolución, el accionista que cabía un recurso ante la Audiencia Provincial en un plazo de cinco días que concluyó este lunes. Fuentes jurídicas confirmaron a Efe que ese recurso no fue presentado, por lo que el sobreseimiento provisional es firme. No obstante, dado su carácter provisional, el caso todavía puede ser reabierto si se presentan nuevas pruebas antes de que prescriban los delitos que se investigaron.

El pasado mes de julio, la jueza consideró acreditado que los investigados, el expresidente del Deportivo y Rodríguez Conchado, "incumplieron normas contables" y que las cuentas "no reflejaban una imagen fiel del patrimonio", algo que los auditores "ya habían hecho constar en los diferentes informes".

Entendía, sin embargo, que no había resultado "acreditado que los investigados obtuviesen beneficio indebido como resultado de la desfiguración contable imputable a los mismos". Además, señalaba que no aparecía "acreditada la existencia de dolo directo para perjudicar al Deportivo o al denunciante a través del falseamiento de cuentas anuales".

La denuncia contra el Consejo de Administración del Deportivo que presidía Lendoiro fue interpuesta por dos accionistas en 2014, ya con nueva directiva en el club gallego.

Los socios indicaban que las cuentas habían sido presuntamente falseadas de manera continua al menos desde el ejercicio 2007/08 con el objetivo de ocultar las enormes pérdidas que registraba la sociedad y entendían que podían ser constitutivas de los ilícitos penales descritos en los artículos 290, 291, 292 y 293 del Código Penal.

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