La jueza mantiene la fianza a Rubén Castro por un delito de violencia machista

La cantidad fijada en el juicio sigue en 200.000 euros
Rubén Castro remata en un partido con el Betis
photo_camera Rubén Castro remata en un partido con el Betis

El juzgado de violencia sobre la mujer número 3 de Sevilla rechazó rebajar la fianza de 200.000 euros que impuso al delantero del Betis Rubén Castro antes del juicio por varios delitos de maltrato hacia su expareja, por los que la Fiscalía le pide 4 años de cárcel y la acusación particular 8 años y 9 meses.

De esta forma, la juez María del Rosario Sánchez Arnal descarta la petición del futbolista de reducir la fianza a 6.000 euros porque la de 200.000 euros la consideraba "desproporcionada", no motivada y basada solo en la petición de la acusación popular.

El delantero también alegó que la fianza de 200.000 euros "se puede convertir en una pena anticipada que no viene declarada por una sentencia".

La juez explica que la cuantía de la fianza se corresponde con un treinta por ciento más de la indemnización solicitada por la acusación particular, "conforme a lo establecido legalmente".

La juez afirma que "el daño moral no se puede calcular sobre la base de diversos criterios predeterminados y más o menos precisos, como los que corresponden a los daños materiales, en los que existen una serie de puntos de vista referidos a los gastos de reparación o de reposición, a los intereses o al lucro cesante".

En este caso, la Fiscalía acusa a Rubén Castro de un delito de malos tratos habituales, otro de amenazas leves y seis delitos de maltrato en el ámbito familiar, que se habrían cometido entre 2012 y 2013 y por los que le pide al futbolista canario cuatro años de prisión.

Además, la Fiscalía solicita que el futbolista no se acerque a su expareja a menos de 300 metros de distancia ni que se comunique con ella durante dos años y tres meses.

La abogada de la expareja de Rubén Castro pide ocho años y nueve meses de prisión por un delito de amenazas leves, siete delitos de maltrato en el ámbito familiar, uno de ellos con la agravante de la presencia de una menor y otro con la agravante de aprovechamiento de la circunstancias del lugar, y por un delito de agresión sexual.

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