Competición mantiene la sanción a Rodrygo, que no estará en Pasarón

El brasileño fue expulsado el pasado fin de semana con el Castilla tras encararse con el portero del San Sebastián de los Reyes
La celebración de Rodrygo ante Irureta que le costó su expulsión. SANTIAGO ARENAS (EFE)
photo_camera La celebración de Rodrygo ante Irureta que le costó su expulsión. SANTIAGO ARENAS (EFE)

El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF) desestimó este miércoles las alegaciones del Real Madrid en defensa de Rodrygo Goes y le impuso un partido de sanción tras su expulsión por doble amarilla en el encuentro entre el Castilla y el San Sebastián de Los Reyes, que le impedirá jugar el clásico.

Con esta ratificación, se confirma oficialmente que el brasileño –quien incluso podría haber sido convocado por el primer equipo para jugar el Clásico tras la lesión de Eden Hazard–, no estará en Pasarón en el partido que disputará el filial madridista ante el Pontevedra CF este domingo.

EXPULSIÓN. El extremo merengue vio la segunda tarjeta amarilla el pasado domingo tras celebrar su gol (2-0) encarándose con el portero rival, Xabi Irureta, y las alegaciones del Real Madrid defendieron que fue el meta contrario quien salió de su área en busca de Rodrygo, "para increparle a pocos centímetros".

El club blanco argumentó que fue en ese momento cuando su futbolista, que no había celebrado todavía el gol, levantó los brazos en señal de celebración "ignorando en todo momento al portero del equipo rival y las recriminaciones o provocaciones que éste le pudiese dirigir".

DESESTIMACIÓN. El fallo del juez suplente de Competición "discrepa" de la tesis del Real Madrid y señala que "no resulta cierto" que Rodrygo actuara "ignorando al portero rival" y que ante "la recriminación" de éste contestó "de forma airada levantando sus brazos mientras gritaba, dirigiéndose sin ningún género de duda, de forma desconsiderada, hacia el portero rival", actitud objeto de amonestación.

"La apreciación del árbitro sólo puede ser enervada cuando se acredite la existencia de un error claro o patente, independientemente de toda opinión, valoración, interpretación o calificación jurídica que pueda hacerse, circunstancias que no se da en el presente caso. Esto es, no basta con una explicación alternativa de los hechos en cuestión", añade.

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