La CNMC multa con 3,4 millones a empresas y sindicatos de la estiba de Vigo

Los penaliza por restringir la competencia impidiendo la descarga de vehículos a trabajadores no estibadores 
 

Estibadores ayudando en las tareas de amarre del Maersk Pembroke a su llegada al Puerto de Marín. J. CERVERA-MERCADILLO (ARCHIVO)
photo_camera Estibadores trabajando. J. CERVERA-MERCADILLO (ARCHIVO)

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto multas a cinco empresas estibadoras y cinco sindicatos del sector que suman un importe total de 3,44 millones de euros por obstaculizar la libre competencia en las labores de carga y descarga en el Puerto de Vigo. En concreto, las firmas y los representantes de los trabajadores habían acordado impedir la carga y descarga de vehículos en el puerto a trabajadores que no fueran estibadores, algo que va en contra de la actual legislación. 

Bergé es la compañía que recibe la mayor sanción, de 1,48 millones de euros, de entre las cinco multadas. El resto son Terminales Marítimas de Vigo, sancionada con 700.000 euros, Pérez Torres Marítima (490.000 euros), Líneas Marítimas Españolas (199.276 euros) y Estibadora Gallega (42.412 euros). 

Asimismo, UGT y CC OO son los sindicatos que afrontan la mayor multa, de 170.000 euros cada uno. La sociedad gestora de estibadores (sagep) de Vigo ha sido sancionado con otros 100.000 euros, la CIG con 70.000 euros, la CGT con 20.000 euros y Coordinadora, con 1.000 euros más. 

Las multas tienen su origen en el expediente que el 'superregulador' abrió tras recibir una denuncia de la Autoridad Portuaria de Vigo. En virtud de esta investigación, la CNMC ha detectado sendos acuerdos, suscritos en 2010 y 2013, entre la Autoridad Portuaria de Vigo, la sagep de este puerto y las empresas y sindicatos referidos que estima son "anticompetitivos" y constituyen una "infracción muy grave". 

El órgano que preside José María Marín Quemada asegura que estos acuerdos no pueden considerarse convenios colectivos, dado que no regulan condiciones laborales, sino la organización interna de las empresas estibadoras.  Así, la CNMC indica que por estos acuerdos se impedía a las empresas estibadoras decidir "de forma independiente" sobre su organización interna y los trabajadores que podían contratar para atender los servicios que prestaban en el puerto, en particular la carga y descarga de vehículos. 

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