Una gallega consigue el derecho al paro para las empleadas de hogar

El TJUE aboca al Gobierno a permitirles cotizar para poder cobrar la prestación por desempleo
Una empleada del hogar. EP
photo_camera Una empleada del hogar. EP

Las empleadas de hogar podrán cotizar para cobrar el paro, un derecho que hasta ahora no tenían reconocido y que ha conquistado para el colectivo —integrado en más de un 95% por mujeres— una gallega.

Su batalla inició un camino judicial que culmina con una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la que dictamina que excluir a estas trabajadoras de la prestación por desempleo vulnera el Derecho comunitario al constituir una discriminación indirecta por razón de sexo.

La Corte de Luxemburgo empuja así al Gobierno a reformar el marco legal para acabar con el "desamparo social" que supone que las empleadas domésticas no puedan cotizar para tener paro. En la actualidad, están dadas de alta en la Seguridad Social unas 378.800, cerca de 24.800 en Galicia. Su régimen está integrado en el general, pero no tienen ese derecho sí reconocido al resto de afiliados.

La resolución del TJUE parte de una cuestión prejudicial elevada por el juzgado de lo contenciosoadministrativo número 2 de Vigo. Todo comenzó cuando a finales de 2019 una viguesa que llevaba cerca de nueve años dada de alta en el régimen especial para trabajadores del hogar solicitó a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) cotizar por desempleo para generar el derecho a la prestación en el futuro. Su empleadora estaba dispuesta a abonar esa cotización, pero la TGSS denegó su petición alegando que la ley general de la Seguridad Social no lo contempla. Ante la Justicia, el Gobierno español alegó que el trato diferenciado busca evitar la destrucción de empleo entre el colectivo y un aumento del trabajo sumergido.

Argumentos que la Corte de Luxemburgo echa por tierra al sentenciar que todos los trabajadores por cuenta ajena inscritos en el régimen general deben tener derecho a las prestaciones por desempleo, incluidas las empleadas de hogar. El TJUE pone de relieve además la ausencia de motivos que justifiquen la exclusión de estas trabajadoras del derecho al paro respecto a otros colectivos que también desarrollan una actividad a domicilio y para particulares, y que presentan características similares respecto a tasas de paro, remuneración o cualificación.

El Gobierno estudiará ahora la sentencia para abordar el cambio legislativo necesario. El ministerio de Trabajo señaló este jueves que extender la prestación por desempleo a los trabajadores domésticos ya estaba dentro de sus planes.

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