La polémica que en 2013 desató Hacienda al emprender la revisión de las pensiones extranjeras de miles de emigrantes retornados que, en muchos casos por desconocimiento, no declararon en el IRPF sigue dando coletazos ocho años después.
En una resolución con fecha del 22 de diciembre de 2020, el Tribunal Económico Administrativo Regional de Galicia (Tearg) anula las sanciones por valor de 2.324 euros impuestas a una pensionista afincada en Vigo por no hacer constar la prestación que cobró de Alemania en las declaraciones de 2014 y 2015. ¿Por qué motivo? El ente dependiente del Ministerio de Hacienda considera que la Agencia Tributaria (Aeat) no acreditó "suficientemente la culpabilidad" de la presunta infractora, representada por el bufete vigués Mardoc.
El Tearg constata que la Administración se limitó a "realizar una descripción de los hechos y preceptos aplicables, considerando negligente la conducta de la reclamante sin especificar las razones". Frente a este hecho, los funcionarios integrantes del tribunal recuerdan que "la falta de motivación es totalmente incompatible" con lo que marca la jurisprudencia, que exige "un esfuerzo de definición y razonamiento", desentrañando caso por caso y de modo "individualizado" las bases de la conducta culpable, "sin recurrir a fórmulas abstractas o genéricas".
El Tearg sostiene la conducta de la pensionista viguesa estuvo "más próxima al error involuntario" que ella alegó que "a la negligencia o culpabilidad que le imputa la oficina gestora"
En esta línea, el Tearg sostiene que el fisco debió tener en cuenta "la conducta" de la afectada, que "aceptó inmediatamente su error" y abonó las cantidades resultantes de las liquidaciones practicadas, una acción que, "si bien no anula el error cometido", sí refrenda que la conducta era "más próxima al error involuntario" que la mujer alegó, "que a la negligencia o culpabilidad que le imputa la oficina gestora". Al recurrir la multa, la contribuyente afirmó que en su proceder no existió "ánimo defraudatorio y de ocultación" de la prestación germana y que no actuó "de mala fe". Al contrario, atribuyó el hecho de no haber declarado la pensión a que "no fue advertida de que tenía que tributar" por ella por la "mala información" del fisco español.
La falta de motivación de las sanciones es también una de las conclusiones a las que llega el Tearg en relación a la reclamación presentada por un vecino de Pereiro de Aguiar que fue expedientado por no declarar la pensión de invalidez abonada por Suiza entre 2010 y 2015. En su resolución, el tribunal tumba la multa de 9.877 euros y reconoce que al tratarse de una incapacidad reconocida también en España por la Seguridad Social como permanente y absoluta, esta prestación queda exenta del IRPF.
Cuidado con la declaración de la renta de 2020
A las puertas de la campaña de la renta 2020, el letrado llama a los pensionistas a informarse ante los "cambios interpretativos". Entre otros asuntos, Lago apunta a las sentencias del TSXG que fijan que las pensiones de Alemania están exentas del IRPF en España si les es de aplicación el Convenio Hispano-Alemán de 1966.