El TC tumba el alza del pago fraccionado de sociedades que promovió Montoro

Carga contra la decisión del Gobierno de Rajoy de modificar en 2016 la tributación vía decreto. Este sistema de pago adelantado sigue vigente
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, durante su intervención en el pleno del Congreso de los Diputados, este jueves. ZIPI (EFE)
photo_camera Cristóbal Montoro. AEP

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el aumento de los pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades que aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy en septiembre de 2016 para reducir el déficit público, una medida que permitió recaudar 8.000 millones más aquel año para cuadrar las cuentas públicas. El pleno del alto tribunal ha estimado por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Audiencia Nacional sobre esta medida, que impulsó el exministro Cristóbal Montoro y que continúa vigente.

Aquella regulación afectó a las compañías con una facturación superior a los 10 millones, a las que se incrementó el importe del pago, fijándose una cuantía mínima del 23% del resultado contable, del 25% para bancos y refinerías.

El tipo mínimo del pago fraccionado, que actúa como un adelanto de la liquidación del impuesto, se había aplicado entre 2012 y 2015. En ese último ejercicio, el tipo se situó en el 12%. Con la reforma fiscal de 2015, Rajoy eliminó esa figura, pero la caída de los ingresos del tributo que grava los beneficios empresariales llevó a Montoro a recular y volverlo a establecer, incluyendo un aumento. Con esta maniobra, 9.000 compañías tuvieron que adelantar al erario público unos 8.000 millones de euros.

Aunque la sentencia no se ha hecho pública, el TC adelantó ayer en una nota que la modificación introducida vía real decreto en el tributo, que es uno de los principales del sistema fiscal español, afecta al deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos, consignado en el artículo 31.1 de la Carta Magna. Aunque la Audiencia Nacional también planteó la posible vulneración del principio de capacidad económica, el Constitucional no abordó este aspecto.

La Ley Fundamental contempla en su artículo 86 que el Gobierno legisle mediante decreto ley, aunque nunca sobre materias que afecten a "derechos, deberes y libertades" de los ciudadanos, entre los cuales figura la obligación de contribuir a las arcas públicas mediante un sistema tributario "justo" y progresivo, que "en ningún caso" puede tener "alcance confiscatorio".

Aunque el controvertido aumento de los pagos fraccionados no incide en la cuantía final del impuesto, sino que se refiere a un pago a cuenta, los magistrados argumentan que "afecta de forma sustancial a su cuantificación". Además, toca a las empresas de mayor tamaño que, pese a ser "relativamente pocas en número, son las que aportan más de la mitad de la recaudación".

Pacto de PSOE y Cs para no lastrar la competitividad con impuestos

PSOE y Ciudadanos pactaron ayer en el Congreso que las subidas de impuestos que se acometan para reducir la brecha fiscal con la UE se ejecuten «sin limitar el crecimiento, la competitividad y la eficiencia de las empresas españolas». La medida se ha incluido en las conclusiones de la comisión para la reconstrucción.

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