2.700 euros de multa por quemar una foto de los Reyes

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La Audiencia Nacional ha condenado a los jóvenes catalanes Jaume Roura y Enric Stern a pagar una multa de 2.700 euros por quemar una foto de los Reyes en 2007. Es la misma pena que se les impuso en el primer juicio contra ellos y que fue anulado al no haber un intérprete de catalán.

De acuerdo con la sentencia del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, Roura y Stern han sido condenados a 15 meses de prisión sustituibles por una multa de 30 meses con una cuota diaria de tres euros. Se les acusa de un delito de injurias contra la Corona "con el agravante de disfraz", ya que iban con el rostro cubierto cuando quemaron la foto de los monarcas el pasado 13 de septiembre.

Repetición del juicio
La Audiencia Nacional repitió la semana pasada el juicio a Roura y Stern porque el magistrado que juzgó los hechos el 20 de noviembre, José María Vázquez Honrubia, denegó la presencia de un traductor catalán. La sala de lo penal ordenó entonces anularlo y repetir la vista al concluir que se produjo una "vulneración" de las garantías del derecho de defensa.

El juez Central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis de Castro, fue el encargado de juzgar por segunda vez la quema de esta foto, reconocida por los acusados. En su fallo considera que para manifestar el rechazo a la monarquía "no es necesario menospreciar y vilipendiar" a los Reyes, quemando su fotografía tras haberla colocado "deliberadamente" boca abajo.

Tras señalar que con este proceder han abusado de su derecho a la libertad de expresión, argumenta que "no se puede pretender que el sistema constitucional ampare hechos que constituyen, no sólo un manifiesto abuso del ejercicio del derecho, sino también un auténtico acto ilícito" tipificado penalmente.

La defensa recurrirá el fallo
En respuesta a la defensa de Roura y Stern, que ejerció Benet Salellas, de que no podía hablarse de un delito de injurias cuando los Reyes no declararon sentirse ofendidos, el magistrado subraya que esto es "irrelevante" porque el delito de injurias no requiere que la persona agraviada "se sienta como tal".

Después de conocer la sentencia, Salellas ha anunciado que "previsiblemente" recurrirá el fallo, incluso ante instancias europeas, ya que opina que ésta es "calcada" a la resolución de Honrubia.

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