Absuelven al acusado de prostituir a su hija de 15 años y condenan a su pareja

La Audiencia absuelve a los caseros también por considerar que no sabían que la adolescente era menor de edad, dado que la presentaron como una joven de 19 años
Audiencia Provincial de Madrid. EFE
photo_camera Audiencia Provincial de Madrid. EFE

La Audiencia de Madrid ha absuelto a un hombre acusado de prostituir a su hija de 15 años de edad en una habitación alquilada de Torrejón de Ardoz (Madrid) en 2017 en una sentencia en la que ha condenado a cuatro años de prisión a la entonces novia del padre por inducción a la prostitución de la menor.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal exime de responsabilidad al principal acusado, para quien el fiscal pedía diez años de cárcel, al exponer que, "por muy extraña que pueda parecer su conducta", no ha quedado probado que conociera que su pareja y su hija se anunciaban como prostitutas y utilizaban la habitación alquilada para ese fin. Todo ello a pesar de que él las esperaba en la calle, donde incluso dormía, y comía con ellas durante los días que mantuvieron alquilada la habitación en el verano de 2017.

La Audiencia absuelve a los caseros también por considerar que no sabían que la adolescente era menor de edad, dado que la presentaron como una joven de 19 años. La única condenada es la expareja sentimental del padre, a quien se impone una pena de cuatro años por inducción a la prostitución dado que tampoco se ha probado que la adolescente llegara a ser prostituida.

La única condenada es la expareja sentimental del padre por inducción a al prostitución

Durante su declaración en el juicio, la menor negó haber ejercido la prostitución, pero sí admitió que la vivienda donde residía se usaba para ese fin, y exculpó a su padre de los hechos. Además, añadió que nunca alertó a su progenitor porque "tenía mucho miedo" de la que era entonces pareja sentimental, ya que en numerosas ocasiones la amenazaba con enviarle a "gente peligrosa" si contaba algo. 

La víctima que en 2017 tenía 15 años, aseguró que las imágenes que aparecían en los anuncios habían sido sacadas de sus redes sociales y que la acusada tenía en aquel entonces acceso a su móvil, ya que el suyo lo había roto "durante un arrebato". El padre también negó en la sala las acusaciones y manifestó que "no tenía ningún conocimiento" de las actividades que se llevaban a cabo dentro de la vivienda ni de los anuncios en internet y añadió que no se acercaba a la vivienda "porque no quería que las echaran de allí". 

Según el escrito de la Fiscalía la pareja se puso de acuerdo para insertar, desde el 26 de junio de 2017 y durante dos meses, un anuncio en internet en el que ofrecían los servicios sexuales a cambio de dinero de la menor y después alquilaron una habitación con la idea de que tanto ella como la novia del padre ejercieran la prostitución. La sentencia recoge que la condenada no podrá acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante un período de siete años ni comunicarse con ella y que deberá abonar una multa de 1.800 euros

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