La Audiencia Nacional confirma la sanción a la familia Aznar-Oriol por las obras de Cabañeros

Deberán pagar 230.000 euros por no solicitar la correspondiente autorización

 

La Audiencia Nacional ha confirmado la sanción de 230.000 euros impuesta a los propietarios de la finca Cabañeros, la familia Aznar-Oriol, por la realización de obras sin la autorización correspondiente en el interior del parque nacional.

Esta sentencia, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, es el tercer fallo judicial que ratifica la ilegalidad de las actuaciones realizadas en 2014, denunciadas por Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife y WWF, y el séptimo en que la familia Aznar-Oriol ve desestimada su interpretación de la legislación aplicable al parque.

Según ha informado este martes SEO/BirdLife en un comunicado, el fallo judicial da la razón a las organizaciones y confirma la ilegalidad de dos obras anexas a la vivienda principal de la finca: un aparcamiento y una campa de grandes dimensiones destinada a la evisceración de piezas de caza.

La sentencia, contra la que cabe recurso de casación, deja en manos de un informe de la Comisión Mixta de gestión de los Parques Nacionales la posibilidad de demoler las construcciones y de regenerar los espacios afectados.

De esta forma, la sociedad titular de los terrenos -la empresa inmobiliaria del Bullaque S.A.-, acumula siete sentencias condenatorias por la realización de actuaciones no autorizadas en pleno corazón del Parque Nacional de Cabañeros.

Además del proceso abierto por el aparcamiento y la campa, los tribunales han dictaminado la ilegalidad de la pista de acceso a la finca a través de la Cañada Real Segoviana de 1,5 kilómetros, sancionada con una multa de 10.000 euros y la obligación de restituir el daño causado.

Las tres organizaciones ecologistas urgen a la ejecución de la sentencia con el fin de reparar los daños al espacio natural y afean la actitud de los titulares de los terrenos, que han dilatado el proceso a través de la sistemática presentación de recursos en lugar de colaborar con la conservación de un parque nacional de las características de Cabañeros.

De hecho, la Audiencia Nacional solo entra a valorar en la sentencia una de las siete alegaciones presentadas por los propietarios ya que ya había "tenido ocasión" de valorar el resto "en otros recursos interpuestos por la misma entidad y en relación a expedientes sancionadores de índole similar".

Las organizaciones ambientales recuerdan que los propietarios de la finca han recurrido el Plan de Ordenación de Recursos Naturales para Cabañeros, lo que ha obstaculizado aprobación hasta la fecha.