El CGPJ advierte: puede castigarse más pegar a un perro que a una pareja

La reforma penal en materia de maltrato animal podría afectar a la proporcionalidad de las sanciones o generar un efecto indeseado
Roser Bach, vocal del Consejo General del Poder Judicial. AEP
photo_camera Roser Bach, vocal del Consejo General del Poder Judicial. AEP

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debatirá en su reunión del próximo jueves la propuesta de informe al Anteproyecto de Ley de reforma del Código Penal, en materia de maltrato animal, del que ha sido ponente la vocal Roser Bach y que, entre otros aspectos, avisa de que con estos cambios puede castigarse más que un hombre maltrate a un perro que a su pareja.

La reforma del Código Penal en materia de maltrato animal se tramita paralelamente al proyecto de Ley de Bienestar Animal, a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales y para la Agenda 2030, que dirige Ione Belarra, y el Gobierno aprobó el pasado mes de agosto su remisión a las Cortes, sin que hubiese sido informado por el CGPJ, una circunstancia que criticó mediante un escrito el Partido Popular. Aún así, el órgano de los jueces dictaminará sobre el anteproyecto este jueves.

Según informa el CGPJ, la reforma penal en materia de maltrato animal puede afectar al principio de proporcionalidad de las sanciones. Señalan que, por ejemplo, con la futura ley se pena con entre 3 a 18 meses de cárcel pegar a un perro y con entre 6 meses a un año de cárcel si se agrede a una mujer (en ambos casos sin que haya lesiones graves).

Concretamente, el CGPJ señala que un supuesto en el que puede quedar afectado el principio de proporcionalidad lo constituye la pena prevista para el maltrato animal cuando concurra la circunstancia agravante de haber cometido los hechos para causar daño a quien sea o haya sido cónyuge del autor. Así, señala que la pena de prisión prevista en el anteproyecto para este supuesto es superior a la que está actualmente fijada para el delito leve de coacciones, el de amenazas leves, el de lesiones que no precisan tratamiento médico o el de maltrato de obra en el ámbito de violencia sobre la mujer.

En otro punto, señala que si se compara el delito de lesiones de animales vertebrados que no requieran tratamiento veterinario con el delito leve de lesiones a las personas que no requieran tratamiento médico, la pena es la misma, es decir, una pena de multa de uno a tres meses.

El CGPJ también alerta del efecto contrario en relación a la proporcionalidad de las leyes y señala algo parecido a lo ocurrido con la ley del solo sí es sí, ya que el anteproyecto no consigue lo que anuncia la reforma, porque, aunque aumentan las penas de prisión, se sigue manteniendo de modo alternativo la pena de multa.

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