Conducir escuchando música con un auricular no es sancionable

Un Juzgado de Madrid ha dado la razón a un conductor que recurrió una multa por escuchar música con auriculares al estimar como válido su recurso, donde el afectado -abogado de profesión- mantuvo que conducía con un solo auricular y no con dos, como prohíbe la legislación de tráfico.

Según una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Madrid, la ley penaliza conducir utilizando auriculares "expresado en plural, es decir, con los dos auriculares en sendos oídos", y no con uno solo, como presuntamente iba haciendo el conductor -penalizado con 150 euros de multa- el 25 de febrero de 2010.

El juez ha considerado que no puede hacerse una interpretación "extrema" de la norma -que sanciona el uso de dispositivos que disminuyan la concentración al volante- ya que, en ese caso, también sería punible escuchar música en el reproductor del propio automóvil o, incluso, mantener conductas que puedan distraer al conductor como hablar con los demás ocupantes.

"La interpretación razonable es que si se usan los dos auriculares o cascos se supone la distracción, mientras que en el caso de uno solo es cuanto menos discutible", concluye la sentencia, contra la que no cabe apelación alguna al tratarse de una multa inferior a 18.000 euros.

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