El Constitucional anula la declaración soberanista

El Tribunal Constitucional ha anulado por unanimidad la declaración aprobada en el Parlament en enero de 2013 que definía a Cataluña como "sujeto jurídico y político soberano", pero reconoce el derecho a decidir si se lleva a cabo en el marco de la legalidad constitucional.

En la sentencia notificada hoy, el tribunal ha estimado parcialmente el recurso del Gobierno -que ha expresado su respeto y acatamiento-, de manera que declara "inconstitucional y nulo" el principio primero de la declaración, según el cual "el pueblo de Cataluña tiene, por razones de legitimidad democrática, carácter de sujeto político y jurídico soberano".

El Tribunal Constitucional considera que una comunidad autónoma "no puede unilateralmente convocar un referéndum de autodeterminación para decidir sobre su integración en España".

El TC añade que la Constitución no contempla "el reconocimiento al pueblo de Cataluña de la cualidad de soberano", ya que ello es incompatible con su artículo 2 (sobre la indisoluble unidad de la nación española), y que lo contrario supondría conferir a Cataluña "el poder de quebrar, por su sola voluntad", dicha unidad.

Por otra parte, el tribunal declara constitucionales las referencias al "derecho a decidir de los ciudadanos de Cataluña", ya que considera que pueden ser interpretadas de conformidad con la Carta Magna, puesto que no consagran un derecho de autodeterminación no reconocido en la Constitución.

El TC cree que estas referencias al derecho a decidir suponen una aspiración política a la que solo pude llegarse mediante un proceso ajustado a la legalidad constitucional con respeto a los principios de "legitimidad democrática, pluralismo y legalidad" expresamente proclamados en la declaración en estrecha relación con el "derecho a decidir".

El pleno del Constitucional, presidido por Francisco Pérez de los Cobos, sostiene que se puede cambiar "el fundamento mismo del orden constitucional" siempre que no se haga "a través de una actividad que vulnere los principios democráticos, los derechos fundamentales o el resto de los mandatos constitucionales", sino en "en el marco de los procedimientos de reforma de la Constitución".

Precisamente, la Mesa del Parlament había decidido hoy presentar una petición de recusación contra el presidente del TC y dos magistrados al considerar que no cumplían con la imparcialidad necesaria para deliberar sobre la declaración de soberanía, una recusación que ha llegado más tarde que el fallo.

Por su parte, los partidos catalanes han analizado de forma urgente la decisión del TC, que se ha producido pocos días antes de que el 8 de abril se debata en el Congreso la petición para que la Generalitat pueda convocar una consulta el 9 de noviembre.

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