El Senado aprueba el nuevo baremo que sube las indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico

La compensación en caso de fallecimiento se incrementará un 50% de media

La Comisión de Economía y Competitividad del Senado ha aprobado este lunes por unanimidad el proyecto de ley que reforma el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las víctimas de accidentes de tráfico, cuya compensación aumentará hasta en un 50% en el caso de fallecimiento.


La norma ha finalizado este lunes el trámite parlamentario y entrará en vigor el 1 de enero de 2016 tras varios años de negociación entre las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico y la representación de las entidades aseguradoras para actualizar un sistema vigente desde 1995.

Todos los grupos presentes han votado a favor del nuevo texto, que, según el Ministerio de Justicia, permitirá incrementar la protección a las víctimas de accidentes de circulación mediante la rápida resolución de los conflictos y la garantía de una indemnización suficiente, lo que sitúa a España a la altura de las reformas que en el ámbito comunitario se han emprendido.

Respecto a la media del periodo 2005 a 2011, según los daños causados en cada accidente de circulación, las indemnizaciones por fallecimiento se incrementan un 50% de media, las compensaciones por secuela suben un 35% de media y las indemnizaciones por lesiones lo hacen un 12,8%.

Con el nuevo modelo, por la muerte de un padre de familia con ingresos netos anuales de 38.000 euros, que deje viuda y tres hijos menores de 12 años, la prestación pasará de los 335.519 euros actuales a los 671.480 euros con el nuevo baremo, un incremento del 100%.

Mientras, una profesional con una renta superior a los 60.000 euros anuales que sufriera la amputación parcial de una pierna en un siniestro detráfico duplicaría la actual indemnización que recibiría, al pasar de 350.000 euros a un máximo de 750.000 euros.

La indemnización por un bebé que quede tertrapléjico pasará de un máximo de 1.300.000 euros como máximo a 3.500.000 euros; es decir, un incremento del 169%.

El proyecto legal clasifica los perjudicados en accidentes de tráfico en cinco categorías autónomas: cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados. Y considera que éstos sufren siempre un perjuicio resarcible y de la misma cuantía con independencia de que concurran o no con otras categorías de perjudicados.

Las indemnizaciones se revalorizarán en el mismo porcentaje que lo hagan las pensiones y quede determinado en los presupuestos generales del Estado.

Asimismo, para garantizar la rápida resolución de los conflictos y la suficiencia de las indemnizaciones ofrecidas por el asegurador, se le impone a éste la obligación de observar una conducta diligente en la cuantificación del daño en la oferta motivada que debe presentar a los perjudicados y en la liquidación de la indemnización.

En caso de disconformidad con la oferta motivada, las partes podrán intentar resolver de común acuerdo la controversia mediante el procedimiento de mediación.

Asimismo, se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.

Por último, la ley establece la creación de una Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración, de la que formarán parte también las asociaciones de víctimas y las entidades aseguradoras, con el objeto de analizar su puesta en marcha, sus repercusiones jurídicas y económicas y el sistema de actualización.

El sistema también afecta a la sanidad pública, porque las aseguradoras indemnizarán a los servicios públicos de salud de las diferentes comunidades autónomas los gastos derivados de nuevos perjuicios cubiertos, como los importes médicos futuros, ciertos gastos de rehabilitación o necesidades de recambio de prótesis de lesionados graves. 

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