La CNMC expedienta a Telefónica por diversas irregularidades en la portabilidad móvil

Competencia también sanciona a ocho entidades que revenden sus servicios de telecomunicaciones
Un chaval usando su teléfono móvil
photo_camera Un chaval usando su teléfono móvil

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado expedientes sancionadores a Telefónica Móviles España y a ocho entidades que revenden sus servicios de telecomunicaciones por presunto incumplimiento de diferentes obligaciones relacionadas con la portabilidad móvil. Esto quiere decir que estas compañías cometieron irregularidades a la hora de cambiar de operador sin perder el número. 

Según ha informado Competencia, junto a los temas de portabilidad se abre expediente sancionador por incumplimientos relacionados con la subasignación de numeración y la inscripción registral.


Además de a Telefónica, el expediente se abre a Ocean's Network, Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM), Consell de Col·legis Farmacèutics de Catalunya (Ccfc), Royal Telecom, Agencia Notarial de Certificación (Ancert), Air Digital, Grupo Termilin, y Smart Group Soluciones Integrales.

Competencia explica que la investigación se inició en 2012 tras la denuncia de la Asociación de Operadores para la Portabilidad Móvil sobre potenciales irregularidades en materia de portabilidad.

TELEFÓNICA. A Telefónica Móviles España se le imputa, en materia de numeración, por incumplir "las condiciones determinantes de las atribuciones" y por no otorgar "los derechos de uso de los recursos de numeración", lo que podría suponer una "infracción grave".

Junto a esto, se le acusa de incumplir especificaciones técnicas de portabilidad, lo que podría suponer una "infracción muy grave".

En cuanto a las otras ocho entidades, se les imputan conductas contrarias a la ley en materia de inscripción registral, de numeración y de portabilidad móvil, que podrían ser sancionables como infracciones muy graves o leves, según cada caso.

Competencia recuerda que la apertura de este procedimiento "no prejuzga el resultado final de la investigación" y que cuenta con un máximo de 12 meses para instruir y resolver los expedientes.

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