La juez confirma el archivo del caso de la concesión de la mina de Aznalcóllar

Considera que no existían indicios de prevaricación en la decisión de la Junta de Andalucía a la empresa Minorbis-Grupo México. La Audiencia de Sevilla será la que juzgue el recurso presentado

La juez de instrucción 3 de Sevilla, Patricia Fernández, ha confirmado el archivo del caso de la concesión de la mina de Aznalcóllar (Sevilla) por parte de la Junta de Andalucía a la empresa Minorbis-Grupo México.

Fuentes judiciales han explicado a Efe que la juez ha tomado esta decisión tras los recursos de reforma presentados por la empresa perdedora del concurso, Emerita Resources, y por Manos Limpias.

La juez archivó la denuncia por considerar que no existían indicios de prevaricación en la decisión adoptada por la Junta de Andalucía, por lo que ahora será la Audiencia de Sevilla la que se pronuncie sobre el caso por el recurso de apelación presentado.

El pasado 6 de noviembre, la juez acordó archivar la causa, en la que había siete imputados, entre ellas la ex directora general de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía María José Asensio Coto, que fue apartada de su cargo tras la imputación judicial y luego restituida en su puesto.

La juez abrió la investigación del caso después de la denuncia presentada el 2 de marzo de 2015 por la otra empresa finalista del concurso, Emerita Resources, que apreciaba que en la concesión se cometieron los delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y negociación ilegal.

En el auto de archivo, la juez explicó que en la concesión de la mina, realizada el 20 de febrero de 2015 por parte de la Junta de Andalucía, no existen indicios de que haya existido un acuerdo entre los imputados para, errando a propósito en sus dictámenes, favorecer a la empresa Minorbis.

Tres días antes de notificarse el auto de archivo inicial, la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio anunció que dejaba sin efecto la paralización cautelar de la adjudicación de la explotación de la mina de Aznalcóllar.

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