Luis Ortiz: ''No existen instrumentos jurídicos adecuados para dar respuesta a la sociedad''

Aunque hoy el ordenamiento jurídico está mejor dotado para hacer frente a hechos delictivos muy graves, para los casos de los presos liberados por la "doctrina Parot" el sistema es "deficiente" porque no se dispone de los medios jurídicos para abordar desde la legalidad cómo debe ser la respuesta a la sociedad.

Esta es una de las afirmaciones hechas hoy por el magistrado del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Madrid, Ángel Luis Ortiz, que ha reconocido que no se tienen "instrumentos jurídicos adecuados para dar una mejor solución a la sociedad" frente a la puesta en libertad de diversos condenado por graves delitos.

Ángel Luis Ortiz y la psicóloga forense de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Madrid Rocío Gómez han afirmado en rueda de prensa, en el Colegio de Psicólogos de Madrid, que la situación sería distinta si a los citados presos se les pudiera imponer el control telemático o la libertad vigilada, medidas aprobadas en 2002, antes de que aquellos fueran condenados.

Ambos han reconocido la "inquietud" y la "alarma" que ha causado en la sociedad la "coincidencia en el tiempo" de salir de prisión condenados por delitos muy graves, pero han destacado que sólo reincide el 12 % de los penados por asesinatos, homicidios, agresiones sexuales y violencia machista -no están incluidos casos de terrorismo-.

Este dato, que responde a un estudio de 2012 sobre la eficacia de las predicciones sobre peligrosidad y reincidencia, se eleva al 22 % en el caso de los delitos por violencia machista.

La investigación se centró en 150 expedientes en los que se había emitido un informe psicológico forense a petición de los jueces de Vigilancia Penitencia para conceder una situación de libertad a penados por delitos graves entre 2003 y 2006.

Entre los penados había 37 agresores sexuales, 36 agresores de género, 31 homicidas, 23 asesinos, 16 abusadores sexuales a menores y 7 detenciones ilegales.

El magistrado, que ha recordado que los jueces "aplican las leyes pero no las crean", ha dicho que los presos liberados ahora fueron condenados según el Código Penal de 1973, que hasta 1995 establecía que la pena máxima en España era de 30 años, y sobre la que se podía aplicar redenciones por trabajos o por el seguimiento de tratamientos.

La libertad vigilada solo se puede imponer a los condenados desde 2010, ha resaltado Ortiz, que no ha dado datos sobre cuántos de los presos ahora puestos en libertad tienen "informes de peligrosidad negativos"; "no son datos públicos", ha comentado.

Dichos informes de peligrosidad tienen en cuenta elementos básicos como pueden ser el reconocimiento de la autoría y la responsabilidad sobre un delito o la estabilidad psicológica respecto a la existencia o no de patologías o alteraciones por impulsividad.

Además, Rocío Gómez ha informado de que sólo Madrid, León y Asturias cuentan con la presencia de psicólogos forenses adscritos a los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.

La psicóloga forense ha destacado que las víctimas de estos delincuentes "evidentemente viven mal" la situación porque pueden sufrir estrés postraumático y "reviven" su sufrimiento.

Precisamente "dolor", "rabia" e "indignación" son los sentimientos que la sociedad podría experimentar si reincide alguno de estos expresos, según Rocío Gómez, que ha añadido que hoy "la sociedad no está protegida suficientemente ni jurídica ni psicológicamente", pero "ni de esto ni de otras cosas".

"Hay cuatro delincuentes muy graves que están en la calle, pero ni les cuento la cantidad de daños constantes y diarios que se hacen en otros términos, a nivel institucional y político", ha apuntado esta psicóloga forense.

"Hay muchas más razones por las que la sociedad no está protegida suficientemente y por las que las instituciones públicas se tienen que esmerar", ha enfatizado.

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