Torra vuelve a desafiar a la Junta Electoral Central

El organismo dio un ultimátum de 24 horas para retirar las esteladas y lazos amarillos pero el president aplaza la respuesta hasta este martes

Fachada del departamento de Políticas Digitales y Administración Públicas, donde cuelgan varios carteles y lazos reivindicando la libertad de los políticos encarcelados. MARTA PÉREZ (EFE)
photo_camera Fachada del departamento de Políticas Digitales y Administración Públicas, donde cuelgan varios carteles y lazos reivindicando la libertad de los políticos encarcelados. MARTA PÉREZ (EFE)

La Junta Electoral Central (JEC) ha lanzado este lunes un ultimátum al presidente catalán, Quim Torra, al darle un nuevo plazo de 24 horas para que retire de los edificios de la Generalitat los lazos amarillos y las esteladas, advirtiéndole de que si no lo hace podría incurrir en responsabilidades penales. Sin embargo, Torra prevé agotar el plazo y no desvelará hasta este martes la respuesta.

En todo caso, el presidente catalán ya advirtió la semana pasada de la "imposibilidad" de cumplir la primera orden de la JEC sobre la retirada de esteladas, escudándose en la libertad de expresión. Unas declaraciones que realizó tras el primer requerimiento de la JEC, ante el que presentó, el pasado miércoles, un recurso que ya ha respondido este lunes el máximo intérprete de la legislación electoral.

La Junta ha acordado dar un último plazo de 24 horas de Torra para que ordene retirar los lazos amarillos de los edificios públicos catalanes y le advierte de que en caso de no hacerlo puede incurrir en responsabilidades penales.

Con su decisión, la JEC desestima el recurso presentado por el propio Torra contra el acuerdo que hace una semana adoptó este mismo órgano para ordenarle que quitara los símbolos independentistas de los edificios públicos por no ser compatibles con el principio de neutralidad exigido a las instituciones en período electoral.

Respecto a las "esteladas", Torra sostenía que representan "un anhelo de libertad y una reivindicación democrática, legítima, legal y no violenta", tal y como resolvió el Parlament en su día, pero la JEC le recuerda que ya en 2015 estableció que estas banderas "simbolizan las aspiraciones de una parte de la sociedad catalana, pero no de toda ella".

Para la JEC se trata, por tanto, de un símbolo "legítimo" que pueden usar los partidos en su propaganda electoral, al igual que pueden utilizar los lazos amarillos, con los que se recuerda la prisión preventiva de candidatos de formaciones que concurren a las elecciones. Pero en ambos casos estos símbolos no pueden ser empleados por los poderes y autoridades públicas, que deben mantener, subraya la Junta Electoral, una "rigurosa neutralidad política", de acuerdo con la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg). Además, advierte de que no se puede invocar una resolución parlamentaria, aunque haya sido aprobada mayoritariamente, frente a lo que dice un precepto legal constitucional.

En cuanto a la dificultad legal alegada por Torra para quitar los símbolos de los muchos edificios que no son propiedad de la Generalitat, la JEC le señala que ello "no puede ser excusa" para ejecutar su orden porque bastaría con que comunicara estos casos.

Así las cosas, el máximo organismo arbitral de los comicios concluye dando otras 24 horas a Torra para cumplir con la retirada de lazos amarillos y banderas estrelladas, y esta vez ya añade el aviso de que, si no lo hace, incurrirá en responsabilidades administrativas, lo que le puede suponer una multa de 300 a 3.000 euros, pero también penales "si persiste en la desobediencia a estos Acuerdos de la Junta Electoral Central"
Su resolución solo puede ser recurrida ya ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. 

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