El TSJC ordena a la Generalitat vacunar a policías y guardias civiles "en la misma proporción" que mossos

Da un plazo de 10 días para llevar a cabo esta medida
Una dosis de la vacuna de AstraZeneca. EFE
photo_camera Una dosis de la vacuna de AstraZeneca. EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado un plazo máximo de 10 días al Govern catalán para reanudar la vacunación contra el covid-19 a policías y guardias civiles y alcanzar "la misma proporción" de agentes vacunados que en el cuerpo de Mossos d'Esquadra.

En un auto consultado por Europa Press, la sección III de la Sala Contenciosa estima las medidas cautelares que reclamaron los sindicatos Jupol y Jucil para que la Conselleria de Salud incluya a los agentes de Guardia Civil y Policía Nacional en el plan de vacunación.

"No parece razonable que a estas alturas, habiéndose vacunado el grueso de los cuerpos policiales catalanes, se siga relegando a los miembros del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil con destino en Cataluña", reprochan los magistrados en el auto.

También ordenan que, dos días después de acabar el plazo de 10 días, la Conselleria de Salud -que puede recurrir esta decisión los próximos cinco días- le envíe un informe sobre el cumplimiento de esta medida.

Los jueces afirman que esta medida "no tiene por qué traducirse en un perjuicio para otros grupos de población"

El tribunal considera que el hecho de que los agentes de entre 60 y 65 años ya hayan sido vacunados -por su edad y no por su empleo- no afecta a los motivos del recurso, en el que Jupol y Jucil alegaron vulneración del derecho a la igualdad y a la no discriminación, que la Generalitat negó en su escrito.

Resalta los "elocuentes datos" sobre la vacunación a cuerpos policiales en Cataluña: el 24 de marzo, se había vacunado al 77% de los mossos, al 68,9% de agentes de policías locales y al 77,9% de efectivos de la Guardia Urbana de Barcelona; frente al 3,6% de policías nacionales y al 2,8% de guardias civiles en Cataluña.

"No son necesarias demasiadas pruebas para entender que la demora en la vacunación de los funcionarios de los cuerpos y fuerzas de seguridad que están en activo puede situar a tales funcionarios en una situación de riesgo para su salud (incluso de riesgo grave o irreparable) superior a otros grupos de población", dicen los magistrados al justificar esta medida cautelar.

"DISCRIMINACIÓN". Señalan que, a la espera de estudiar el fondo del asunto en la sentencia, aprecian "una apariencia de discriminación en perjuicio de los funcionarios de la Policía Nacional y de la Guardia Civil", basándose en los porcentajes de vacunación en cada cuerpo policial.

Los jueces afirman que esta medida "no tiene por qué traducirse en un perjuicio para otros grupos de población", teniendo en cuenta la llegada de nuevas remesas de vacunas y que en Cataluña hay un contingente reducido de Policía Nacional y de Guardia Civil.

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