Dos años de prisión por agredir sexualmente a una erasmus norteamericana en Ourense

El condenado deberá indemnizar a la víctima "por daños morales" con la cuantía de 2.000 euros

La Audiencia Provincial de Ourense ha acordado condenar a dos años de prisión a un hombre, natura de Sevilla, como autor de un delito de agresión sexual tras atacar y realizar tocamientos a una erasmus estadounidense cuando paseaban en el río que comunica Xinzo con la localidad de Vilar de Santos.

Por estos hechos, el Ministerio Fiscal pedía tres años de prisión al entender acreditado el delito de agresión sexual que la acusación particular elevó a cinco al tener en cuenta agravantes, mientras que la defensa solicitaba la libre absolución.

En el fallo facilitado por fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la sala ha considerado probado que el acusado J.B.S., entabló conversación con la joven, que se encontraba como voluntaria desde hacía poco tiempo en Xinzo, cuando hacía deporte por el paseo del río; pero, al despedirse, se abalanzó sobre ella y la tiró al suelo, tocándole los pechos y las piernas. 

Como consecuencia de estos hechos la joven sufrió dolor muscular y trastorno por estrés postraumático agudo, sin que haya quedado acreditado que hubiese sufrido secuelas. 

Para ello, la sala se sustenta, en una sentencia con fecha de este miércoles, en la "ausencia de incredibilidad subjetiva" por parte de la joven, que ponga de relieve "un posible resentimiento".

De hecho, la joven había llegado a Xinzo hacía pocos días para realizar labores de voluntaria en una asociación para personas con diversidad funcional y prácticamente no conocía la localidad. 

Además, tiene en cuenta el informe de los peritos que apreciaron "limitación a la movilidad en el giro hacia la izquierda, dolor a la palpación en muñeca izquierda y en base izquierda anterior al cuello".

Durante el juicio, el acusado reconoció que le dio un beso en la mejilla y que como ella no quería "se dio la vuelta y se marchó", además de alegar que era una zona transitada. 

Sin embargo, agentes de la Guardia Civil que declararon en la vista, descartaron dicho extremo tras asegurar que en dicho lugar únicamente había "fincas agrícolas" siendo una zona poco transitada por gente. 

Por otra parte, la Audiencia ha hecho alusión a que el Servicio Gallego de Salud (Sergas) le denegó la asistencia gratuita "aduciendo que era extranjera y su seguro no tenía cobertura pública". 

Además de la condena de prisión, el acusado deberá indemnizar a la víctima "por daños morales" con la cuantía de 2.000 euros.