Archivada la querella de una exconcejala socialista contra el juez decano de Ourense por prevaricación

El TSXG considera que la apertura de juicio oral contra Áurea Soto en el caso de la Plaza de San Antonio tenía "amparo normativo y fáctico"
Áurea Soto, en la primera sesión del juicio en el juzgado de lo penal número dos de Ourense
photo_camera Áurea Soto, en la primera sesión del juicio en el juzgado de lo penal número dos de Ourense

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha notificado este martes un auto en el que se acuerda el sobreseimiento libre y el archivo de la querella presentada por la exconcejala socialista Áurea Soto contra el titular del juzgado de instrucción número uno de Ourense, Leonardo Álvarez, al considerar que había cometido "prevaricación judicial" durante su instrucción del caso de la Plaza de San Antonio.

El auto del TSXG concluye que los hechos investigados "no son constitutivos de delito", pues las resoluciones dictadas en el procedimiento abierto en su momento contra Áurea Soto y el abogado Carlos Hernández, "si bien pueden ser no compartidas, no por ello están huérfanas de una justificación jurídicamente razonable".

En su texto, el alto tribunal argumenta que el auto de apertura del juicio oral contra Áurea Soto y Carlos Hernández por parte del juez decano de Ourense fue una decisión con "amparo normativo y fáctico" y que "no es en absoluto arbitraria", sino que se apoya en una "razonable" interpretación del contenido de las diligencias de instrucción. "El instructor no adoptó la decisión de apertura de juicio oral de manera arbitraria y gratuita, sino que contaba con elementos de contraste que, al menos indiciariamente, determinaban la responsabilidad de Áurea Soto", concluye su resolución, que es firme y contra la cual no cabe recurso.

EL CASO. El caso se remonta al pasado mes de marzo, cuando Aurea Soto anunció una querella contra Leonardo Álvarez por considerar que había cometido "prevaricación judicial" durante su instrucción del caso de la Plaza de San Antonio, del que resultó absuelta en el juicio al igual que el abogado Carlos Hernández.

En el texto de su denuncia hacía hincapié en que se habían producido "imputaciones selectivas", pues ella no había cifrado la indemnización concedida a una vecina a modo de compensación por la pérdida de luz en su vivienda como consecuencia de que el TSXG dejó sin efecto una demolición prevista en la mencionada plaza ourensana. En cambio, tal y como subrayaba, la funcionaria que firmó la cuantía concedida a esa mujer no llegó a sentarse en el banquillo.

En paralelo, también apuntaba a un posible "desconocimiento de la ley" por parte del juez decano de Ourense, tras reivindicar la legalidad de la licencia concedida al aparcamiento subterráneo de dicha plaza.

Todo ello, después de que el pasado 7 de enero la exconcejala y el letrado fuesen absueltos de un delito de prevaricación urbanística por la concesión de licencia a los edificios de esa plaza y al párking subterráneo.

Comentarios