Condenada una enfermera por avisar a un joven de que el hijo que esperaba su novia no era suyo

La acusada consultó la historia clínica de la embarazada y le dijo al chico que el periodo de gestación que revelaban las pruebas no se correspondía con el tiempo que llevaban de relación. Aceptó dos años de prisión y 1.500 euros de multa
Una enfermera. VICTORIA RODRÍGUEZ
photo_camera Una enfermera. VICTORIA RODRÍGUEZ
Una enfermera de un sanatorio de la capital lucense aceptó este martes una condena de dos años de prisión por contarle a un joven que el hijo que estaba esperando su pareja no era suyo, una información que obtuvo tras consultar la historia clínica de la paciente sin estar autorizada.

Según quedó recogido en el escrito de acusación del ministerio fiscal, en el mes de mayo de 2019, la acusada –con iniciales Y.M.L.A.– trabajaba como enfermera en un centro médico de Lugo. En uno de sus turnos, cocretamente el día 24, sobre las siete menos cuarto de la tarde, la sanitaria utilizó su clave personal y consultó la base de datos desde un ordenador del centro. Tal y como alegó la acusación pública, la enfermera accedió a la historía clínica de una paciente que se encontraba en ese momento embarazada, "prevaliéndose de su trabajo de enfermera y sin hallarse autorizada para ello".

Tras obtener esta información, la enfermera se puso en contacto con el compañero sentimental de la chica, al que ya conocía, y le contó que la analítica que figuraba en el historial médico confirmaba que la joven se encontraba embarazada. Además, le explicó que el tiempo de gestación que revelaban las pruebas no se correspondía con el tiempo que la pareja llevaba de relación sentimental, por lo que todo apuntaba a que él no era el padre del futuro bebé.

La Fiscalía pedía cuatro años de cárcel por revelación de secretos, pero rebajó la pena porque la enfermera ya indemnizó a la afectada

ACUSACIÓN. Cuando la afectada tuvo conocimiento de lo que había sucedido denunció los hechos y la enfermera fue acusada de un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197 del Código Penal, un precepto que castiga a quien "sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado".

El ministerio público solicitó inicialmente para la acusada una condena de cuatro años de prisión y pidió que indemnizara a la víctima en la cantidad de 3.000 euros por los daños morales ocasionados. Sin embargo, la Fiscalía rebajó el martes su petición tras confirmar que la acusada ya había indemnizado a la denunciante, por lo que le reconoció la atenuante de reparación del daño. De este modo, las partes llegaron a un acuerdo y la enfermera aceptó una condena de dos años de cárcel y 1.500 euros de multa.

Acusación y defensa acordaron además suspenderle la pena de cárcel, por lo que la acusada no tendrá que ingresar en un centro penitenciario, siempre y cuando abone la multa que se le impuso en los plazos estipulados y no vuelva a delinquir en un plazo de dos años.