Condenados el exalcalde y el exconcelleiro de Urbanismo de Gondomar

El Juzgado de lo Penal 2 de Vigo ha condenado a ocho años y seis meses de inhabilitación para empleo o cargo público al exalcalde de Gondomar Martín Urgal y a quien fuera concejal de Urbanismo durante su mandato, Alfonso de Lis, por un delito continuado de prevaricación.

La fiscal pedía, además de la inhabilitación de ambos, dos años de prisión y 22.500 euros de multa, al igual que para un tercer acusado, en su caso, como cooperador necesario, pero que el tribunal ha absuelto: el abogado José Martínez Torea, contratado como asesor externo para desbloquear la concesión de licencias en el municipio.

La jueza afirma en su sentencia que el decreto de alcaldía por el que se apartó de sus funciones a la secretaria municipal y la técnico de administración general es "una resolución evidentemente injusta y muy burda", sin valorar la razón esgrimida por los acusados de que había expedientes paralizados durante cuatro años.

Llama la atención sobre el hecho de que Urgal se acogiera a su derecho a no declarar y no diera explicación alguna sobre "tan importante prueba de cargo", y sobre la afirmación de De Lis de que la redacción del decreto "no fue la más acertada" y de que las funcionarias no fueron apartadas literalmente.

Un argumento que "se desmonta", según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, con el hecho de que se tramitaron en 2011 un total de 38 expedientes urbanísticos en los que no se emitió el preceptivo informe jurídico municipal.

Asimismo, indica que en el caso de que las funcionarias incumplieran su deber, los acusados debieron incoarles expedientes disciplinarios en vez de "acudir a la vía de hecho, saltándose de forma bastante grosera toda la normativa reguladora de la función pública".

En conclusión, recalca que alcalde y concejal tenían "la plena conciencia" de que resolvían "al margen del ordenamiento jurídico" y de que ocasionaban "una consecuencia injusta", y de que actuaron de esta manera "porque querían este resultado", por lo que antepusieron "su voluntad personal a cualquier otra consideración".

Respecto a la incorporación de Torea como asesor externo a través de un contrato menor, considera que también es constitutiva de un delito de prevaricación, pues los acusados contravinieron las disposiciones legales expresadas por la interventora municipal, ya que se fragmentó el contrato para evitar la concurrencia pública.

En cuanto al abogado Martínez Torea, sostiene el tribunal que el acusado no formaba parte del "círculo de autoridad" que aprobó la citada resolución por la que se apartó a las funcionarias, ni el contrato menor que lo vinculó a él laboralmente al Ayuntamiento, ni emitió informe técnico en sentido estricto.

La jueza indica que puede haber "sospechas" de que ayudase a redactar las referidas resoluciones en su condición de letrado, "pero no existe prueba suficiente para destruir la presunción de inocencia" por lo dicho por los otros acusados ni por los demás testigos.

Impera, por tanto, la "duda razonable" respecto a si Torea "conocía las resoluciones y su arbitrariedad".

Las dos funcionarias relataron durante el juicio que empezaron a recibir "presiones" para informar a favor de expedientes de obras, algunos acumulados desde 2000, a los pocos meses de que Urgal (PP) accediera a la alcaldía a través de una moción de censura apoyada, entre otros, por el concejal tránsfuga del PSOE Alfonso de Lis.

Ambas justificaron su negativa a informar en la inexistencia de un Plan General de Ordenación Municipal y a la anulación judicial del vigente, que databa de 1997.

Según la fiscal, Urgal y De Lis, que fue nombrado por el primero concejal de Urbanismo, tramaron el "juego perfecto" para prevaricar con la cooperación de Torea, al que contrataron para desbloquear la concesión de licencias de obras, después de apartar a las funcionarias porque "no les gustaban" sus informes.

Sostuvo la representante del ministerio público que contrataron a Torea para contar con informes favorables con los que "cubrirse las espaldas" a la hora de otorgar licencias por la vía de resoluciones de alcaldía, bajo el razonamiento de que: "si tengo un buen informe, no prevarico".

Las defensas de Urgal y De Lis alegaron que las dos funcionarias "nunca fueron relegadas" de sus funciones urbanísticas y que tuvieron a su disposición todos los expedientes.

Hicieron hincapié en que quizá sus clientes incurrieron en alguna "valoración no acertada", pero que no lo hicieron "de forma maliciosa", y distinguieron entre una posible "ilegalidad de naturaleza administrativa" en las resoluciones dictadas y prevaricar, por lo que pidieron su libre absolución.

En el juicio declararon como testigos el actual alcalde de Gondomar, Fernando Guitián, y otro exregidor, Antón Araúxo (BNG), a quien desbancó precisamente Martín Urgal en una moción de censura; además del arquitecto municipal y el exconcejal de Gobernación, Manuel Núñez Sotelo.

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