Confirman los siete años de cárcel para un sargento que violó a una marinera en Ferrol

Ambos estaban manteniendo relaciones consentidas cuando fueron sorprendidos por un tercero, momento en el que la víctima decidió poner fin al encuentro. En ese momento, el acusado consumó la agresión sexual tras insultarla y abofetearla
Instalaciones de la Escuela de la Armada de Ferrol. GSV
photo_camera Instalaciones de la Escuela de la Armada de Ferrol. GSV

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a siete años de prisión a un sargento alumno de la Escuela de la Armada de Ferrol por violar a una marinera.

Los hechos ocurrieron el 6 de mayo de 2021. El condenado, que era sargento alumno de tercero, contactó por Instagram con la marinera alumna de primer curso y la invitó a bajar a la camareta de suboficiales, donde ambos, de común acuerdo, "querían tener un encuentro sexual y lo estaban llevando a cabo".

Pero el encuentro fue interrumpido por otro sargento que entró para recoger un portátil. Al condenado le dio tiempo a esconderse, pero no a su compañera, que se quedó sentada en el sofá encogida. El sargento se marchó después de oír a su compañero decirle con voz fuerte e imperativa que apagara la luz y que saliera de allí.

Pero entonces la marinera, que se había visto "sorprendida en una estancia en la que no debería de estar, haciendo lo que no debería de hacer, decidió poner fin al encuentro que, hasta el momento y de forma absolutamente consentida", estaba teniendo con el condenado.

Sin embargo, este no aceptó la negativa y consumó la agresión sexual después de llamarla "guarra" y "cerda" y darle una bofetada. Tras salir de la camareta, el condenado le envió un mensaje dejándole claro que le convenía no decir nada de lo ocurrido.

La Sala de lo Militar del Supremo rechaza el recurso del condenado y confirma así la sentencia del Tribunal Militar Territorial Cuarto por los delitos de agresión sexual, abuso de autoridad y lesiones psíquicas con la atenuante de embriaguez moderada.

Además de la pena de prisión, la Sala ratifica la pérdida de empleo, la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante diez años y una indemnización de 30.000 euros.

Al margen de rechazar los motivos del condenado, el tribunal considera que en este caso no procede aplicar la ley del sí es sí al no resultar más favorable para el reo, como pretendía el sargento.