El certificado de inscripción consular servirá a los emigrantes para votar

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado que el certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular tendrá idéntico valor que la fotocopia del pasaporte o el Documento Nacional de Identidad (DNI) en el voto por correo de los emigrantes.

Este certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular deberá emitirse exclusivamente a petición del interesado y es condición previa para su inclusión en el Censo Electoral de Residentes Ausentes. Además será expedida expresamente para cada proceso electoral.

La Junta toma esta decisión al entender que es un documento equivalente al certificado de nacionalidad a efectos de la identificación para el ejercicio del voto de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes.

La JEC ha adoptado este acuerdo a solicitud del Ministerio del Interior para garantizar la legalidad del voto por correo de los residentes ausentes.

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