El fiscal pide que se condene por prevaricación al exteniente de alcalde de Ourense

El fiscal ha pedido hoy al Supremo que se condene por prevaricación al ex teniente alcalde de Ourense Alexandre Sánchez, al ex director general de Turismo David Cortón y al funcionario Elías Domínguez, en relación con una instalación de paneles publicitarios en 2008 y en la ciudad de Ourense.

El citado tribunal ha celebrado hoy la vista oral sobre el recurso que el Ministerio Público presentó contra la absolución que la Audiencia Provincial de Ourense acordó para estos implicados.

El fiscal ha pedido que se les condene por prevaricación, lo que supondría su inhabilitación para el ejercicio de cargo público, por su intervención en el citado proyecto de instalación de cuatro pantallas audiovisuales con mensajes publicitarios en Ourense que no se llevó a cabo.

Los hechos probados relatan que, a finales de 2007, Cortón recibió tres propuestas empresariales para instalar pantallas de gran formato en lugares públicos de la ciudad de tránsito masivo, entre ellas la de la empresa Afiador S.L., que no se constituyó formalmente hasta 2008.

Elías Domínguez abrió un expediente informativo y de ejecución, como funcionario que era, y se mostró a favor de Afiador S.L., por lo que redactó un convenio-contrato que recibió el visto bueno de los otros responsables (Alexandre lo firmó junto a un responsable de la empresa) e incluso entró en el registro, aunque no fue aprobado por el Ayuntamiento y no se llevó a cabo.

El fiscal considera que no cabe absolver del delito de prevaricación, el acto por el que un responsable o funcionario público toma decisiones injustas a sabiendas, a los tres recurridos, a pesar de que la decisión que adoptaron no fuera definitiva.

Los altos cargos y el funcionario acusados ante el Supremo, según el fiscal, trataron de "vestir de legalidad" el contrato al que habían llegado con unos particulares, un acuerdo que resultó de negociaciones que desarrollaron al margen de la legalidad. "Ese contrato es ya una resolución administrativa" aunque luego la asesoría jurídica del Ayuntamiento lo rechazara y no fuera acordado definitivamente, ha explicado el acusador público en la vista.

Por su lado, la defensa de Cortón ha respondido que "no hubo acuerdo de ningún tipo", sino que se abrió un expediente que, tras los contactos habidos con tres empresas, dio lugar a un "borrador sin validez jurídica", el cual no requería firma ninguna porque no tenía eficacia jurídica sin la aprobación de la Junta de Gobierno.

Como la Junta paralizó el expediente, no se vio afectado ningún bien o dinero público, ni hubo efectos jurídicos ningunos, de modo que no hubo ninguna decisión por parte de los responsables públicos que pueda ser condenada, han añadido la defensa de Cortón, de Elías y de Alexandre.

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