El hospital de Santiago rechazó tratar a un bebé con síndrome de Down

Una asociación de pacientes ha denunciado los hechos, sin embargo el centro sanitario apunta a que la niña ya estaba siendo atendida en una entidad privada

El Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela, un centro de titularidad pública, ha rechazado tratar a un bebé de seis meses con síndrome de Down alegando que está "atendido en una entidad asistencial de carácter privado", denunció este miércoles una asociación de pacientes.

En un comunicado, la asociación del citado hospital señala que la evaluación del bebé en el servicio de atención temprana del centro médico fue "demorada hasta los seis meses", por lo que los padres optaron por acudir a la Fundación Down Compostela. La decisión de sus familiares fue "inducida ante la demora en la atención requerida, basado en la importancia que tiene la atención temprana en las primeras etapas de la vida", añade la nota.

El hospital argumentó que "no es necesario 'complementar' la estimulación que la niña recibe en este momento en una entidad privada"


Según la asociación de pacientes, el pasado 22 de junio los padres de la niña, de seis meses de edad, acudieron a una primera cita al servicio de atención temprana del hospital compostelano cuyos profesionales "rechazaron tratarla, bajo la consideración de que ya está siendo atendida en una entidad asistencial de carácter privado".

El hospital, dependiente del Sergas, "ignorando el derecho a la asistencia gratuita" de los pacientes con síndrome de Down, argumentó que "no es necesario 'complementar' la estimulación que la niña recibe en este momento en una entidad privada", añade la nota. La asociación subraya que los padres del bebé, que pagan 120 euros mensuales por ese tratamiento en la citada entidad privada, tomaron esa decisión debido, "en parte, por la falta de atención" del Complejo hospitalario universitario compostelano.

Advierte de que el centro médico público "tiene que garantizar la atención a un bebé que presenta una alta probabilidad de desarrollar un trastorno o atraso" y que requiere "acceder a los servicios de atención temprana" previstos en la legislación vigente. La asociación considera que "la negativa de atención a esta paciente" supone una "obstrucción al ejercicio de derechos" que puede comportar "una infracción grave susceptible de sanción", por lo que exhorta a la Administración pública a rectificar.

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