El TSJG declara no ejecutable el derribo del edificio Conde de Fenosa

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha dado la razón al Ayuntamiento de A Coruña y ha declarado "inejecutable" el derribo del edificio "conde de Fenosa" por causa de imposibilidad material que pesaba sobre este inmueble por fallo judicial.

El alcalde de A Coruña, Carlos Negreira, ha valorado hoy la sentencia y ha destacado que supone "abrir un camino" para dar "tranquilidad" tanto a los residentes del inmueble como a los coruñeses en general por la indemnización millonaria a la que habría que hacer frente con dinero público en caso de producirse el derribo.

El regidor ha defendido que el "cambio de estrategia" promovido por el actual equipo de gobierno a través de la asesoría jurídica municipal ha sido "clave" para la consecución del nuevo fallo del TSJG que da la razón al Ayuntamiento.

El Gobierno municipal propuso en junio de 2012 un incidente de inejecución de sentencia por concurrir causas de imposibilidad material, frente al incidente planteado por anteriores responsables municipales -y que fue desestimado por el TSJG- basándose en que la sentencia ya estaba ejecutada al haber obtenido el edificio licencias posteriores con arreglo al plan general de 1998.

"Cuando cambiamos de estrategia se propuso este incidente de inejecución en el que se dice que no es proporcional ejecutar y demoler el edificio por las infracciones cometidas", ha explicado el alcalde.

El nuevo fallo judicial atiende la nueva propuesta del Ayuntamiento al entender que es viable, es decir, que el citado tribunal concluye precisamente que la ejecución de la sentencia de 2001 sería desproporcionada en relación a las infracciones cometidas.

Contra esta sentencia del TSJG se puede interponer -en el plazo de cinco días- recurso de reposición, previo al de casación, ante el Tribunal Supremo.

El conflicto para legalizar el citado edificio coruñés, uno de los más grandes del centro de la ciudad, se inició hace casi trece años, cuando el Ayuntamiento, encabezado entonces por el socialista Francisco Vázquez, concedió a la inmobiliaria Fadesa una licencia que permitía una rehabilitación integral y el cambio de uso de oficinas a viviendas.

La decisión, sin embargo, contravenía el plan de urbanismo vigente, que solo permitía obras de mantenimiento en la antigua sede de la empresa Fenosa en A Coruña.

En febrero de 2012 el Tribunal Supremo ya desestimó los recursos del Ayuntamiento de A Coruña y la constructora Fadesa para dejar sin efecto la sentencia que anulaba la licencia del inmueble y que obligaba a su demolición.

Finalmente, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJG desestimó el recurso de súplica presentado el pasado 13 de junio por la asesoría jurídica del Gobierno municipal y, una vez más, recordó que se debía acatar la sentencia de demolición, dictada en julio de 2009.

En mayo del pasado año, el TSJG emitió un auto en el que, estimando parcialmente las peticiones de los demandantes, concedía de plazo hasta el 15 de septiembre para que el Ayuntamiento otorgara al edificio una licencia de obras ajustada a la legalidad vigente.

Advertía, además, de que la falta de resolución en plazo supondría la orden de demolición de las obras de rehabilitación para restituir el edificio al estado físico que presentaba cuando era sede de las oficinas de Fenosa.

Comentarios