El TSXG desestima la querella del BNG contra el conselleiro de Educación por injurias y calumnias

La sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado la querella interpuesta por el BNG por injurias y calumnias contra el conselleiro de Educación, Jesús Vázquez.

En un auto notificado hoy, la sala decreta el archivo de las actuaciones por no ser los hechos en que se funda la demanda constitutivos de delito.

Los nacionalistas habían presentado una demanda contra las declaraciones en un periódico del titular de Educación, al entender que acusaba al Bloque de apoyar a grupos terroristas y de no ser demócratas por rechazar el decreto del gallego en la educación.

El auto señala que la querella del BNG imputaba la comisión de un delito de calumnia y, subsidiariamente, de injurias, por las expresiones vertidas en una entrevista en el diario El País. En ella, el conselleiro señalaba que quienes se oponen a la consulta sobre el idioma en la escuela entre los padres de los alumnos "están fuera del sistema democrático y de las leyes que ellos mismos votaron".

A preguntas del periodista sobre si estaba con estas palabras acusando al BNG de no ser demócratas, el conselleiro había respondido: "Ellos mismos se acusan. Se están descubriendo día tras días y a las pruebas me remito cuando apoyan a grupos terroristas".

Entre los fundamentos de derecho, la sala del TSXG señala que la jurisprudencia del Supremo y del Constitucional es muy restrictiva "en orden a la criminalización de los tipos penales de calumnia o injuria", máxime cuando puede existir una colisión entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho al honor. "En el presente caso, resulta obvio que las expresiones que se atribuyen al querellado, de las que se hizo eco un periódico de amplia difusión, no fueron subjetivamente proferidas con intención de calumniar o injuriar, sino en el curso de un debate o entrevista con relación a la política lingüística de la Xunta".

En esta materia existe una "abierta confrontación" entre el conselleiro y el BNG y otras plataformas educativas que "evidentemente, el querellado descalifica con expresiones que, pese a su dureza, no llegan a entrañar los tipos de calumnia o injuria que se imputan".

El auto señala que el querellado "en sus expresiones ciertamente está descalificando a los grupos que disienten del criterio de su partido, pero sin otra intención que defender la opinión o política del suyo propio".

La decisión del alto tribunal no es firme, y contra ella cabe recurso de súplica ante la propia sala, que podrá interponerse en tres días tras recibir la notificación.

Comentarios