"Unas ostias (sic) bien dadas". "Optaría por liquidarlos para acabar antes con el problema". "Yo les pego un tiro al padre, a la madre y al hijo y así me condenan pero por algo". Estos son los mensajes que le han costado a un vecino de Ferrolterra una condena por vulneración del derecho al honor.
El asunto es que no los hizo él, sino que son comentarios a una publicación suya en su Facebook. Pero el Tribunal Supremo considera que él "no puede desentenderse sin más de lo que se publica en su perfil", ya que "existe un deber de diligencia reactiva y cuidado que le obliga, ejercitando su poder de control, a su borrado de forma inmediata".
El titular del perfil fue condenado por vulneración del derecho al honor
Las víctimas acudieron a los tribunales después de que se les insultara en la red social a raíz de problemas vecinales a la hora de acometer unas obras en terrenos del acusado que lindan con su casa. Este, por su parte, atribuía las trabas a que ellos eran "amigos" de miembros del Ayuntamiento. Y los comentarios los tacharon de "homófobos, sinvergüenzas, incultos, ignorantes, garrapatas, basura, borregos o incivilizados".
El Supremo zanja que el encausado no puede pretender que estos usuarios sean "los exclusivos responsables de lo manifestado y los únicos que deben cargar con sus consecuencias" y recuerda que sí borró un mensaje que pedía moderación en el lenguaje.