El jurado declara culpable al hombre que mató a su sobrino de 3 años y descarta un brote

Considera que acabó con la vida del niño "intencionamente" ► Fiscalía y acusación popular reiteran la petición de la prisión permanente revisable para él 
El acusado, en primer término, en los juzgados de Santiago. EUROPA PRESS
photo_camera El acusado, en primer término, en los juzgados de Santiago. EUROPA PRESS

El jurado popular ha declarado este martes, por unanimidad, culpable al hombre juzgado por la muerte en septiembre de 2020 de su sobrino de 3 años en Santiago de Compostela y ha considerado que lo hizo "intencionadamente" y siendo consciente de sus actos, y no porque hubiese sufrido un brote psicótico. 

La portavoz del jurado ha sido la encargada de leer este martes el veredicto en los juzgados de Santiago de Compostela, en presencia del acusado y tras 24 horas de deliberación. En concreto, el jurado ha declarado por unanimidad que el acusado es el autor del crimen, ocurrido el 21 de septiembre de 2020, cuando asfixió al menor en un baño de la vivienda en la que se encontraban, tras cerrar dos puertas —la de la planta en la que sucedieron los hechos y la del baño en el que estaban—. Además, ven también probado por unanimidad que el menor "no tuvo posibilidad de reacción defensiva ni de auxilio por parte de terceros". 

Paralelamente, también por unanimidad, han descartado que el acusado se encontrase en el momento de los hechos en "un estado crepuscular" derivado de la patología epiléptica que padece y que esto "limitase de forma absoluta" su capacidad de comprender lo que estaba haciendo. 

En un nivel inferior, todos los jurados descartan que la "anomalía neurológica" que padece el acusado lo llevase a un estado de "perturbación mental" que "limitase gravemente su capacidad de comprender los hechos" o de actuar conforme a esta percepción. 

Finalmente, en el relato de los hechos, también se descarta, aunque en esta ocasión con el voto discrepante de dos jurados, que el acusado "se encontrara en un estado de perturbación mental" que disminuyese "levemente" su capacidad de comprender sus acciones cuando mató a su sobrino. 

Por todo ello, lo han declarado culpable por unanimidad del hecho delictivo de haber causado "intencionadamente" la muerte de su sobrino, o "conociendo y sabiendo que sus actos le podían causar la muerte" al niño.

Prisión permanente revisable

Una vez leído el veredicto, tanto la Fiscalía como la acusación popular, que ejerce la Fundación Amigos de Galicia, han reiterado su petición de prisión permanente revisable para el procesado, así como un periodo de alejamiento de 25 años de las hermanas del fallecido, para cuya familia pide indemnizaciones. 

La defensa, por su parte, ha reiterado su petición de libre absolución e ingreso en un centro psiquiátrico o, alternativamente y de acuerdo con el veredicto, 10 años de prisión, ya que "no ha quedado acreditada la alevosía", considera el letrado.