La Audiencia de A Coruña ratifica la desimputación del exobispo de Tui-Vigo por la operación Retablo

En el marco de este caso se investigaron supuestas irregularidades en la rehabilitación de iglesias para lucrarse económicamente

La Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado los recursos interpuestos por Fiscalía y la Asociación de Vecinos de Paraños en la que pedían que se revocase la decisión del juzgado de instrucción número 3 de Santiago de Compostela de archivar la imputación del obispo emérito de la Diócesis de Tui-Vigo, Juan Diéguez Reboredo, y de los párrocos Juan José Sobrino Pino y Benito Estévez Domínguez, en la operación Retablo, según informa la Diócesis.

Con este nombre, se llamó a la investigación iniciada por la Policía en el año 2009 a instancias de la Fiscalía por la supuesta comisión de varios delitos contra la Administración Pública (cohecho, tráfico de influencias, fraudes y/o exacciones ilegales y negociaciones prohibidas a funcionarios). Como resultado de la misma, se imputó también a varios funcionarios de la Xunta y empresarios. En concreto, en el marco de la operación se investigaron supuestas irregularidades en la rehabilitación de iglesias para lucrarse económicamente.

ALEGATO. Los recursos tanto del fiscal -que ya había retirado con anterioridad la acusación contra Diéguez Reboredo- como de la Asociación de Vecinos de Paraños se fundamentaban en que el exobispo y los entonces párrocos de la Diócesis habrían entregado, presuntamente, "en unas condiciones económicas favorables-, la casa rectoral de Paraños a uno de los principales imputados en la causa, un funcionario público". Esta entrega se habría hecho "por las gestiones o favores que él mismo había realizado en diversos expedientes administrativos", argumentó la acusación.

Sin embargo, desde la Diócesis remarcan que el auto confirma que la transmisión de la casa rectoral de Paraños "no la adoptó ni el obispo ni esos sacerdotes, sino que quien tomó esta decisión fue, y por unanimidad, el Consejo Diocesano de Asuntos Económicos de la diócesis, integrado por 9 miembros".

Además, subraya que queda probado "que cuando el Obispado vendió la casa al principal imputado, la misma se encontraba en un estado de manifiesto deterioro, y que su estado, a simple vista, dejaba mucho que desear".

Respecto a la afirmación de que la cesión del inmueble se hizo en compensación por favores realizados en expedientes para restaurar bienes del obispado, subraya que la Audiencia clarifica que es "una alegación genérica que no se concreta en nada".

"ABSOLUTA INOCENCIA". En su comunicado, el Obispado de Tui-Vigo añade que su posicionamiento en este caso ha sido "la del más exquisito respeto al proceso judicial hasta su finalización". "Y ese quiere seguir siendo nuestro proceder en todos los temas en procesos judiciales inacabados".

"La resistencia frecuente a contestar a las reiteradas preguntas de los medios de comunicación pretende evitar el convertir a los medios de comunicación y a la opinión pública en jueces de decisiones y opiniones que corresponde hacer en todo caso a los jueces". "Convencidos en todo tiempo de la absoluta inocencia de las personas implicadas en nuestra diócesis en este asunto y de su actuación en todo caso con total buena fe, nos alegramos de que la justicia haya demostrado también estos extremos", apostilla.

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