La AN condena a 3 años al constructor que levantó la casa de Oubiña

La Audiencia Nacional ha condenado a tres años y tres meses de prisión y una multa de 217.000 euros a Amancio Costa, amigo y constructor vinculado al narcotraficante Laureano Oubiña, por blanqueo de capitales procedentes de la droga.

La sentencia se refiere a la construcción de la vivienda de Oubiña y su mujer, la fallecida Esther Lago, en Vilagarcía, entre 1998 y 2001, levantada por la empresa de Costa, y cobrada a través de una empresa que le ingresaba el dinero desde Suiza.

El juicio a Costa llega después de que, por problemas de salud, se pospusiese en la parte que a el correspondía un juicio previo celebrado el año pasado en el que compartía el banquillo de acusados con el propio Oubiña, su primo y su compañera sentimental, en el que el capo arosano salió absuelto tras determinar la Audiencia que los pinchazos telefónicos hechos en la investigación fueron ilegales.

Respecto a Costa, la clave estribaba en determinar si el constructor podía escudarse en que desconocía que el origen de los fondos con los que le pagaron las obras era o no ilícito.

La Audiencia entiende que sí, dada la estrecha relación de Costa con Oubiña y Lago -señala específicamente que sus hijos eran pareja y que Costa había estado de vacaciones con ellos solo unos meses antes de su detención en octubre de 1999.

Los magistrados también señalan que Lago utilizó la firma de su padre para formalizar el contrato, y que con posterioridad creó una sociedad para el pago, hechos que Costa conocía.

Estas circunstancias provocaron que a los jueces les resulte increíble que Costa tratase de argumentar que desconocía el origen del dinero que ingresaba por las obras, más teniendo en cuenta "la innegable publicidad del hecho de la propia detención (de Oubiña) y el hecho de la misma", y que siguió recibiendo ingresos incluso después de la entrada de Oubiña en prisión.

La sentencia podía haber llegado hasta los cuatro años y siete meses, pero el retraso en la causa llevó a los jueces a imponerla en su mitad inferior, en los tres años y tres meses finales.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en el Tribunal Supremo.

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