La defensa del anterior alcalde de Castro de Rei ve motivos ''flagrantes'' para anular el caso

Díaz Valiño, a su entrada este jueves en la Audiencia (Foto: PEPE TEJERO)
photo_camera Díaz Valiño, a su entrada este jueves en la Audiencia (Foto: PEPE TEJERO)

El abogado que defiende al exalcalde de Castro de Rei, el letrado Jesús Amarelo, afirmó hoy en la vista para dirimir las cuestiones previas al juicio de la llamada Operación Rei, que basta "con revisar los veinte primeros folios de la causa" para encontrar motivo "evidente" y "flagrante" de nulidad.

Amarelo, que representa a Juan José Díaz Valiño, defendió en la vista que las actuaciones incluidas en la causa "son nulas desde el inicio" porque se vulnera un precepto constitucional, "el derecho de toda persona a ser juzgado o investigado por el juez que determine la ley".

En su exposición ante la sala, el abogado afirmó que basta "con revisar los veinte primeros folios de la causa" para encontrar motivo "evidente" y "flagrante" de "nulidad", porque las diligencias comienzan a partir de una conversación telefónica intervenida en el marco de la llamada Operación Pollo, que investigaba un supuesto delito contra los derechos de los trabajadores.

Según el abogado de Juan José Díaz Valiño, a raíz de ese "hallazgo casual", en concreto de una conversación entre dos personas con contenido "en apariencia delictivo", la jueza instructora dictó la apertura de un procedimiento "por un supuesto delito contra la ordenación del territorio", una nueva causa en la que los dos protagonistas de esa escucha telefónica "ni siquiera fueron llamados a declarar".

A juicio del abogado defensor, la jueza instructora se atribuyó "la competencia" para investigar esos supuestos hechos delictivos y actuó con "arbitrariedad", puesto que no existe conexión entre los delitos que motivaron las escuchas telefónicas y el nuevo procedimiento abierto, que debería haber ido al Decanato para su posterior reparto entre los juzgados de Instrucción de Lugo.

Posteriormente, según la defensa, "a sabiendas de que no había ninguna conducta" que encajase en la definición de "delito contra la ordenación del territorio", la jueza instructora "abandona" esa línea de investigación, pero mantuvo durante más de un año las escuchas telefónicas hasta que encontró indicios de lo que consideraba otro tipo de delitos.

En su intervención ante la sala, el abogado defensor afirmó que se mantuvo "intervenido el teléfono del alcalde para reconducir la investigación hacia otros delitos", en una especie de "causa general" y "prospectiva".

Desde su punto de vista, "en ese afán inquisidor" mantuvo la intervención en "base a un delito que no existe", por lo que "el hallazgo" de los indicios supuestamente delictivos "no es casual".

Jesús Amarelo sostuvo ante la sala que los motivos de nulidad son exactos a los que motivaron la sentencia dictada por la Audiencia Provincial el pasado 20 de junio de 2014, una resolución que anuló el caso por la supuesta retirada irregular de multas en la Jefatura Provincial de Tráfico de Lugo.

A su modo de ver, la línea argumental para solicitar la nulidad de la Operación Rei "es un calco exacto" de la que propició esa sentencia, una resolución que, si bien no aplica "una doctrina innovadora", si es "didáctica" y "clarificadora" de "cómo se aplica el precepto constitucional.

Antes entrar en la sala, el exalcalde de Castro se paró un momento a atender a los medios de comunicación, aunque se remitió al comunicado enviado en enero de 2013, cuando anunció su renuncia al acta de concejal y presentó su dimisión a los cargos orgánicos que ostentaba en el PSdeG y como diputado provincial.

Entonces, Díaz Valiño se marchó defendiendo "su inocencia por encima de todo" y aclarando que su renuncia le permitiría afrontar "con más tranquilidad" su defensa ante "tan injusta situación".

"Entiendo que tenéis que hacer vuestro trabajo, pero cuando dejé la política envié un comunicado. Me remito a aquel comunicado. No declaré nada más y no quiero hacerlo. Si hago una valoración, en todo caso, sería al final. Espero que me entendáis", dijo el exalcalde.

Valiño tampoco quiso valorar el auto dictado recientemente por el Juzgado de Instrucción Número 2 de Lugo que decretó el "sobreseimiento provisional" de la pieza separada de la Operación Rei en la que también estaba imputado, junto con la vicepresidenta de la Diputación Provincial, Lara Méndez.

"Prefiero no opinar, gracias", se limitó a decir.

Si la Audiencia no decide lo contrario, ocho imputados, entre ellos el exalcalde de Castro de Rei y tres ediles de su gobierno municipal, se sentarán en el banquillo de los acusados a partir del día 20 de octubre por la denominada Operación Rei, que investigó la supuesta adjudicación irregular de obras públicas en ese ayuntamiento lucense.

En su escrito de acusación, el fiscal considera que los acusados "Juan José Díaz Valiño, Roberto Lorenzo Fernández y Antonio Balado Teijeiro, respectivamente como alcalde, teniente de alcalde y concejal del Ayuntamiento de Castro de Rei, se concertaron para aprovechar la mayoría de la que disponían en el Ayuntamiento".

Según el ministerio público, ese acuerdo sirvió para "repartir entre ellos las decisiones de contratación de obras y servicios públicos, para adjudicárselas a empresas en las que alguno de ellos mostraba interés por cualquier motivo".

Para Díaz Valiño, el ministerio fiscal solicita cuatro años y diez meses de prisión, dieciocho de inhabilitación para empleo o cargo público, una multa de 77.320 euros y la suspensión de empleo o cargo público durante dos años y medio, por los delitos de prevaricación administrativa, falsedad en documento público, tráfico de influencias y cohecho.

Con respecto a los demás imputados, pide nueve años de inhabilitación para el exconcejal Antonio Balado y el edil Roberto Lorenzo por un delito continuado de prevaricación, mientras que para Ana María Canto solicita ocho años y medio de inhabilitación para el ejercicio de empleo o cargo público.

También pide para la secretaria del Ayuntamiento de Castro de Rei, María José Fernández Legaspi, cuatro años de prisión, doce de inhabilitación para ejercer empleo o cargo público y una multa de 4.320 euros por los delitos de prevaricación y falsedad en documento público, mientras que para el funcionario Óscar L. Expósito pide siete meses y medio de inhabilitación por su "cooperación al delito de prevaricación".

En cuanto a los otros dos imputados, el ministerio público solicita un año y seis meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación, además de una multa de 1.296 euros, para el arquitecto Manuel César Vilas, mientras que para el empresario Manuel Blanco Trigo pide diez meses de prisión y una multa de 70.000 euros por tráfico de influencias.

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