La víctima de un intento de quema de su casa duda de responsabilidad del acusado

La víctima de un supuesto intento de quemar su casa en Lalín con él y su hija menor de edad dentro duda de la responsabilidad del único acusado, que ha sido juzgado hoy en la Audiencia de Pontevedra, donde el fiscal ha rebajado a la mitad la pena de 10 años que solicitaba inicialmente.

La víctima, A.R., reconoció que en su día "habría jurado" que uno de los responsables del incendio era T.C.G., a quien "por la voz y el perfil" había identificado como una de las tres personas que vio salir apresuradamente del lugar donde se originó el fuego el 1 de agosto de 2007, pero que "hoy" ya no está "tan seguro".

La fiscalía pedía inicialmente para el acusado 10 años de prisión por los hechos, en los que la víctima, al percibir una gran llamarada junto al muro de su vivienda, en un área rural de Lalín, salió a toda prisa con su hija de siete años, a la que ni le dio tiempo a vestir, por temor al fuego.

Al final, el representante del ministerio público ha reducido su petición a cinco años por las dilaciones indebidas y por el carácter leve de los daños y el riesgo creado.

El fuego quemó un muro de hormigón pero se apagó solo, según reconoció la propia víctima.

La fiscalía ha tenido en cuenta la relación entre acusado y víctima, pues aquel había sido pareja de la hermana del segundo, que tenía desde hacía pocas semanas una orden de protección contra él.

Según A.R., días antes se había producido una discusión familiar en la que T.C.G. había amenazado con quemarle la casa con él dentro.

El acusado admitió el conflicto pero negó amenazas, y señaló que la madrugada previa a los hechos había estado de fiesta en Santiago, de donde volvió pasadas las ocho de la mañana, algo que confirmaron tres testigos, uno de ellos su actual esposa.

En el juicio también se trató un segundo incendio, dos semanas después del anterior, de un coche de la víctima, un caso ya juzgado y con condenado, en el que el propio perjudicado señaló, ante las preguntas del abogado de la defensa, que la sentencia declaraba probado que el culpable le había confundido con otra persona.

La defensa concluyó que las dudas de la víctima ya deberían servir para causar la absolución, y que en todo caso los daños habían sido tan leves que no cabría hablar de delito de incendio sino de daños, otro tipo penal con una pena muy inferior.

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