Las querellas de Baltar contra el exgerente del PP de Ourense, paralizadas

La Audiencia Provincial desestima el recursos presentados por las defensas del presidente de la Diputación y por el partido en contra de la acumulación de querellas por injurias y calumnias contra Pascual

La Audiencia Provincial de Ourense ha dado la razón al titular del juzgado de instrucción número 2 de Ourense y ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa de José Manuel Baltar y del PP de Ourense, que protestaban contra la acumulación de las querellas que habían presentado por separado contra Emilio Pascual por delitos de injurias y calumnias.

El caso tiene su origen en noviembre de 2014, cuando el presidente provincial del PP, José Manuel Baltar, confirmaba que iba a presentar una querella contra el exgerente del PP ourensano Emilio Pascual por injurias y calumnias. Emilio Pascual, que había sido responsable de la contabilidad del PP ourensano entre 1983 y 2010, había ratificado ante la jueza instructora de la operación Pokemon, Pilar de Lara, la existencia de "una contabilidad B" en el partido.

En sus declaraciones, Pascual había señalado que en la época de José Luis Baltar al frente del PP ourensano el partido tenía dos cuentas para el manejo de ingresos y gastos. Además de la querella por injurias y calumnias, Baltar había anunciado el inicio de acciones por vía civil por daño al honor e imagen del partido. A la querella presentada por el presidente de la Diputación se le sumaría otra idéntica por parte de la formación popular ourensana.

Ahora, un auto de la Audiencia ha dado la razón al juez encargado de la instrucción y ha respaldado la decisión que éste había tomado en un auto del 14 de mayo del año pasado, en el que había acordado la acumulación de ambas querellas. La Audiencia "comparte por entero" el razonamiento del juez instructor, que había decidido la tramitación conjunta de las dos querellas "por tener el mismo objeto y venir referidas a idénticos hechos".

En contra de las reclamaciones de los querellantes, que habían señalado que "las manifestaciones injuriosas y calumniosas afectan por separado" a Baltar y al Partido Popular, el auto ha insistido en que "no pueden fundamentarse dos procedimientos separados", uno que afecta a Baltar como persona física y, por otro lado, al Partido Popular.

LA DECISIÓN DEL JUEZ, RATIFICADA. El auto ratifica la decisión del juez instructor que el 12 de diciembre de 2015 había desestimado el recurso de reforma presentado por el PP en contra de esta decisión de unir ambas querellas.

En ese mismo auto de diciembre de 2015 el juez había inadmitido parcialmente las querellas contra Emilio Pascual presentadas por los equipos de abogados del PP y de Manuel Baltar en relación a "presuntos delitos de revelación de secretos" y había decidido suspender la investigación de los hechos hasta obtener confirmación de si el juzgado de instrucción número 1 de Lugo, encargado de la Pokemon, estaba investigando estos hechos.

El auto de la Audiencia también ha confirmado la corrección de esta suspensión del procedimiento al entender que los hechos investigados en Lugo "pueden estar directamente relacionados" con los que son objeto de la querella al efecto de "entender o no la existencia de los presuntos delitos de calumnias".

La única discrepancia del auto respecto a la decisión del juez instructor se produce en relación a la "inadmisión parcial" de las querellas presentadas por el PP y Baltar en relación al presunto delito de revelación de secretos. Se basa en dos motivos, por un lado "la ya declarada incompetencia territorial" (es un caso que lleva el Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo) y porque "la querella nunca fue admitida a trámite por tal delito", sino sólo por injurias y calumnias.

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