Solicitan un nuevo veredicto por el asesinato de Secundino Prego

Las condenadas alegan un trastorno y la ausencia de una prueba para que sean revisadas sus penas
Una de las condenadas por el crimen de Chancelas ríe durante la primera sesión del juicio por el asesinato de Secundino Prego
photo_camera Una de las condenadas por el crimen de Chancelas ríe durante la primera sesión del juicio por el asesinato de Secundino Prego

La defensa de Rocío Gondar González, condenada a 20 años y seis meses de prisión por la muerte de un anciano en la localidad de Poio (Pontevedra) en febrero de 2014 -unos hechos por los que también fue condenada a 22 años de cárcel Albertina Táboas Fernández-, ha solicitado que se revise el veredicto, en la vista de apelación celebrada este martes en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). En concreto, su abogado ha pedido que se emita un nuevo veredicto al entender que hubo quebrantamiento de las normas, entre otras razones, por denegar una prueba psiquiátrica pedida por la defensa antes del juicio. El abogado ha cuestionado también el informe del Imelga sobre la personalidad de su cliente y, frente a él, ha contrapuesto el que se le hizo en la cárcel de A Lama (Pontevedra). Así, ha argumentado que, en ella, se le diagnosticó a la procesada "un trastorno límite de personalidad y un trastorno histriónico".

ATENUANTES En base a ello, ha pedido la revisión del veredicto o que se declare que su defendida es inimputable. En caso de no estimarse estos planteamientos, ha reclamado que se le apliquen atenuantes, entre otras razones, por miedo insuperable. La Fiscalía se ha mostrado, sin embargo, contraria a esta petición. Así, el fiscal ha cuestionado que la prueba psiquiátrica reclamada por el letrado de la procesada fuese imprescindible. "Se hicieron todas las pruebas", ha indicado. Además, ha subrayado que la psiquiatra de la prisión apuntó a un "trastorno de personalidad, pero no límite", rechazando también que se vulnerase la presunción de inocencia como sí sostuvo el representante de la condenada.

ARGUMENTOS DE LA CONDENA El Ministerio Público ha considerado "bien estructurado" el fallo de la Audiencia Provincial de Pontevedra según el cual la coautoría en la muerte del anciano "se da ya desde el momento en que ambas acusadas convienen en dar muerte a Secundino P. para después ejecutar" el crimen. El fallo declaró también nula y dejó sin efecto la cláusula del testamento que la víctima había dictado días antes de su asesinato en favor de Albertina, a quien había nombrado su heredera universal. Este, según el fallo, sería el motivo por el que Albertina lo mató, para lo que convenció a Rocío a cambio de una compensación económica.

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