Sólo ocho personas le han dejado su herencia a la Xunta desde 1996

(Foto: EPL)
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Un máquina de calcetar, 17 zapatos de vidrio soplado, un friso textil, un proyector cinematográfico, pasquines, medallas, posters, licencias matrimoniales… ¿Objetos de mercadillo? No, parte de las donaciones realizadas por particulares a la Xunta de Galicia durante el pasado año y los primeros meses del 2008. El listado de objetos incluye piezas de alto valor –como un conjunto de fotografías tasadas en 27.700 euros- y otras que apenas alcanzan los 25-30 euros.

Las donaciones con valoración incluida –ya que algunas sólo hacen constar la entrega de archivos familiares, sin cálculos económicos- suman un total de 148.460 euros, en su mayor parte de obras de arte. Con requisito: que sean custodiadas en un espacio público.

Así, el Museo Etnológico de Ribadavia (Ourense), el Museo Massó de Bueu (Pontevedra), el Museo das Peregrinacións de Santiago de Compostela, el Archivo del Reino de Galicia y el Museo de Bellas de A Coruña fueron los destinatarios de una decena de donaciones suscritas a nombre de la Comunidad autónoma de Galicia desde el pasado año 2007.

El proceso burocrático
Los trámites de estas donaciones son cosa de la Secretaría Xeral do Patrimonio de la Consellería de Economía e Facenda, que tramita también las herencias intestadas (no atribuídas a nadie) y las que se legan directamente a la Xunta o a una de sus instituciones dependientes.

Desde el año 1996, y según los datos facilitados por la Secretaría xeral de Patrimonio, se han computado un total de ocho legados dejados expresamente en herencia a las arcas autonómicas. Se trata de un número “relativamente pequeño”, según reconocen desde la Xunta, y que disminuye si tenemos en cuenta los legados finalmente aceptados por la Administración autonómica: sólo cinco.

Para ejemplicar la tipología de estas herencias, podemos citar dos casos ilustrativos. Se trata de dos personas que vivían en una residencia de la tercera edad y que dejaron, por vía testamentaria, el total de su patrimonio a la Xunta, con una carga específica: la herencia debía materializarse a favor la residencia, de titularidad pública.

Inmuebles o archivos personales
En el resto de los casos, se trata de legados de inmuebles o incluso de algún archivo personal, y en el proceso los legatarios hacen constar una finalidad pública para dicho patrimonio, ya sea de carácter asistencial o bien de conservación de la naturaleza o con objetivos histórico-artísticos.

Estos casos resultan sustancialmente diferentes a los casos de herencias intestadas, es decir, aquellas que resultan de casos en los que una persona muere sin testamento válido, en los que éste pierde su validez o no contiene declaración de herederos.

Estos casos, recogidos en el Decreto 94/1999, son más numerosos que los de herencia directa a la Xunta, y según el balance de la Consellería de Economía han supuesto para las arcas autonómicas unos ingresos de 821.935 euros desde el año 2003 (con anterioridad no hay finalizada ninguna sucesión intestada a favor de la comunidad autónoma).

El procedimiento que se sigue en estos casos también está sujeto a numerosos requisitos burocráticos, y otorga a la Consellería de Economía e Facenda la potestad de acordar la venta de bienes o no. Así, se pueden exceptuar de las ventas algunos bienes con fines sociales, entregándolos en cambio a entidades públicas o reservándolos para objetivos culturales o de asistencia social.

Una de las peculiaridades de estos intestados, es la opción que se abre ante los particulares de recibir una ‘recompensa’ si avisan a la Administración de las herencias ‘perdidas’. Así, entre los años 2000 y 2005, cinco personas obtuvieron “premio” por informar de casos de herencias sin testamento. La cifra es del 10% de lo denunciado, lo que en los casos mencionados se tradujo en un total de más de 37.000 euros.

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