El TSXG ratifica la limitación de las reuniones a cinco personas decretada por la Xunta

El tribunal considera que las medidas adoptadas son "idóneas para la prevención y protección de la salud de la población
Personas con mascarilla paseando por el centro de Pontevedra. DAVID FREIRE
photo_camera Personas con mascarilla paseando por el centro de Pontevedra. DAVID FREIRE

La sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado, en un auto notificado este lunes, la limitación de las reuniones a cinco personas decretada por la Xunta en toda la comunidad por la situación epidemiológica de la covid-19. 

De esta manera, según ha informado el TSXG, la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo avala las medidas contenidas en el punto segundo de la orden del 21 de octubre de 2020, referidas a toda Galicia -algo que contrasta lo ocurrido en comunidades como País Vasco-. 

El tribunal considera que las medidas adoptadas son "idóneas para la prevención y protección de la salud de la población; necesarias, dada la constatación de una situación de peligro actual y real para la salud de los ciudadanos; y proporcionadas, ponderando los diferentes intereses en conflicto". 

La sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del TSXG también ha ratificado las medidas contenidas en el punto primero de la orden de 21 de octubre de 2020 que afectan a Santiago y a su comarca.

RESTRICCIONES. Galicia entró a las 00.00 horas del pasado 22 de octubre en nivel 2 de alerta, de manera que, de forma general, se limitaron en toda la Comunidad gallega las reuniones a cinco personas como máximo para frenar los contagios de covid-19. 

En Santiago de Compostela y la localidad de O Milladoiro (en el ayuntamiento de Ames) se restringieron a solo convivientes, al pasar a contar con restricciones del nivel 3. 

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