Condenan a un año de prisión a la mujer de Baltar

María José Caldelas se benefició personalmente en una etapa en la que estuvo al frente de un negocio hostelero

El Juzgado de lo penal número uno de Ourense ha condenado a María José Caldelas, mujer del presidente de la diputación y del PP ourensano, Manuel Baltar, a un año de prisión, con pago de las costas procesales, por dos delitos de falsedad en documento oficial, al entender que "consintió" presentar documentos que le beneficiaron "toda vez que se le concedió licencia para la instalación de veladores así como prórroga para el acondicionamiento del local" a pesar de no constar la firma de uno de los socios.

Según la sentencia, contra la que cabe recurso, los hechos se refieren a la etapa en que la mujer del presidente del PP estuvo al frente del pub ubicado en la céntrica plaza de las Mercedes y que regentó entre 2008 y 2011.

Para el juez, resulta "sorprendente" lo manifestado por la acusada relativo a que "siempre pensó que era un café bar especial", toda vez que en el contrato de compraventa del negocio no se indicó nada en esta dirección

La mujer de Baltar compró este negocio el 1 de octubre de 2008 y posteriormente presentó en el Ayuntamiento la instancia de apertura y obra en el establecimiento. Sin embargo, a inicios de marzo de 2009, tras ser denegado el cambio de titularidad, registró en el Ayuntamiento un documento para pedir la instalación de diez veladores en la Plaza de As Mercedes, figurando como solicitante el denunciante.

A raíz de estos hechos, uno de los empresarios, Carlos P.G. negó haber firmado ningún documento y denunció que la exdiputada del PP falsificó sus firmas para obtener licencias municipales que le permitirían acometer la reforma de las instalaciones.

En la resolución, el titular del juzgado ha considerado acreditada la declaración del empresario al entender que ha sido "firme y rotunda, sin contradicciones esenciales" para lo cual ha tenido en cuenta corroboraciones periféricas "que otorgan verosimilitud" a lo relatado.

Para el juez, resulta "un tanto sorprendente" lo manifestado por la acusada relativo a que "siempre pensó que era un café bar especial", toda vez que en el 30 de septiembre de 2008, Carlos Piñeiro y Eduardo Rodríguez, como parte vendedora, y María Josefa Caldelas, como parte compradora, firmaron un contrato de compraventa y cesión del café bar, "no indicándose en ninguna de las cláusulas del contrato que la compraventa y cesión se refería a un café bar especial".

"La encausada conocía que los documentos no habían sido firmados por Carlos (Piñeiro), y a pesar de ello, consintió que fueran presentados en el Concello e incorporados a un expediente administrativo, que una vez resuelto, le benefició"

"La encausada conocía que los documentos no habían sido firmados por Carlos, y a pesar de ello, consintió que fueran presentados en el Concello e incorporados a un expediente administrativo, que una vez resuelto, le benefició toda vez que se le concedió licencia para la instalación de veladores así como prórroga para el acondicionamiento del local", recoge el fallo.

Por estos hechos, la acusación particular, pedía por sendos delitos, penas de 1 año y 9 meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e interesaba una indemnización en la cantidad de 1.144,48 euros.

Durante el juicio, el empresario Carlos P.G. insistió en que no firmó ningún documento y aclaró que no tenía "ningún acuerdo verbal" con la acusada para firmar cosas del local que fue cedido.

En la resolución el juez señala que la firma que aparece en el documento fechado en marzo "se asemeja, pero no coincide" con la del denunciante, mientras que la del segundo documento de 2011 "no guarda ningún tipo de semejanza".

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