El Banco de España defiende que respetó la normativa contable en la fusión de Bankia

Según la documentación entregada al instructor, se les permitió cargar los deterioros contra las reservas para no reflejar las pérdidas

El Banco de España defiende que el proceso seguido por las siete cajas de ahorros que se fusionaron en 2010 para formar Bankia se ajustó a lo establecido en la normativa del propio supervisor y por tanto se aplicaron "rigurosamente" los procedimientos internos en la operativa, según consta en la documentación entregada al magistrado de la Audiencia Nacional Fernando Andreu, que instruye el caso sobre la salida a Bolsa de Bankia.

Según informan fuentes jurídicas, el documento —fechado el 29 de diciembre de 2010— pone de manifiesto que mientras la creación de un SIP (Sistema Institucional de Protección) cuenta con un tratamiento contable definido en lo que respecta a la elaboración de las cuentas anuales consolidadas de la nueva entidad —en referencia a la matriz de Bankia, BFA—, no ocurría lo mismo en las cuentas anuales individuales de las siete cajas fusionadas, al no estar recogida esta cuestión en la norma contable de aplicación a las cajas.


Según el Banco de España, el criterio aplicado por parte de las siete cajas del SIP de BFA fue el mismo que se aplicó en todos los SIPs


No obstante la información aportada a la causa a petición de la Confederación Intersindical de Crédito (CIC), que ejerce la acusación, pone de manifiesto la "intención de registrar en sus estados financieros individuales, contra reserva, ajustes equivalentes a las diferencias de valor entre el recogido en sus libros y el registrado en los estados consolidados", por lo que así se evitaría que en las cuentas de resultados de cada caja afloraran las pérdidas previas a la fusión.

Pese a esto, deben ser los consejos de administración de cada caja los que valoren asumir o no "ese tratamiento, así como las razones que lo justifican", a pesar de que el supervisor expone que dio la autorización a la formación del SIP previa solicitud de que las cajas realizaran los mismos ajustes que su matriz en sus cuentas consolidadas, defiende el BdE.

CRITERIO COMÚN A TODOS LOS SIP. Por ello y según dichas fuentes jurídicas, las siete cajas (Caja Madrid, Bancaja, La Caja de Canarias, Caja de Avila, Caixa Laietana, Caja Segovia y Caja Rioja) solicitaron por escrito en el año 2010 autorización a la Dirección General de Regulación de Banco de España para poder aplicar en sus cuentas anuales individuales de ese año el mismo criterio que aplicó el Grupo BFA en sus cuentas consolidadas, es decir, registrar sus activos y pasivos a valor razonable y cargar los ajustes realizados a reservas.

Añaden que la Dirección de Regulación recibió esta solicitud y, tras consultarlo con la División de Normativa Contable del Banco de España "y analizar los pros y contras" de la propuesta de las cajas, se remitió un informe favorable a la Comisión Ejecutiva del supervisor para que se autorizase el tratamiento contable propuesto.

Según el Banco de España, el criterio aplicado por parte de las siete cajas del SIP de BFA fue el mismo que se aplicó en todos los SIPs que se han constituido en España y, por tanto, se realizaron en todos los casos siguiendo el mismo proceso de consulta.

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