El caso Aricur se resuelve con una condena por defraudar a Hacienda

Sin embargo, la jueza absuelve del cargo de estafa al empresario Abal Piñeiro
Los acusados
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La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha dado carpetazo a uno de los procesos judiciales más controvertidos de los últimos años, relacionado con la expropiación de los terrenos que en su día ocupó la empresa Áridos de Curro (Aricur), propiedad de Juan Luis Abal Piñeiro, primo de Rafael Louzán, en el momento en el que se realizaron las obras de ampliación de la vía rápida de O Salnés para su conversión en autovía. El citado Abal Piñeiro, acusado junto al perito que había fijado un justiprecio que para la Fiscalía (en base a informes de otros peritos y de la Guardia Civil) era desproporcionado, resultó absuelto del delito de estafa por el que había sido procesado, al entender el tribunal que no existen pruebas suficientes que acrediten el citado engaño con el objetivo del lucro personal.

Sí considera acreditada la existencia de un delito contra la Hacienda Pública, por no hacer efectivos los correspondientes pagos de impuestos tras percibir las cantidades (millonarias) que, a partir de la mencionada expropiación, percibió el empresario y la firma que administraba de las arcas de la Xunta de Galicia.

Sobre esta última cuestión, la sentencia detalla que el investigado "presentó la declaración por el impuesto de sociedades en el año 2010 omitiendo conscientemente, y con ánimo de incumplir sus obligaciones tributarias, la referencia al justiprecio recibido por la expropiación, que tenía por objeto el arrendamiento de la cantera y la concesión administrativa de explotación, con la finalidad de reducir la deuda fiscal por dicho impuesto".

En el año 2014, la entidad Áridos de Curro abonó unos 450.000 euros en concepto de declaración complementaria, lo que sirvió a su administrador para beneficiarse de la atenuante muy cualificada de reparación del daño. Por ello, la Audiencia le impuso una pena de cuatro meses de prisión y una multa de 90.000 euros, además de otra multa de 200.000 para la firma Aricur.

En cuanto a los motivos que llevaron a la Sección Cuarta a optar por la absolución de empresario y perito de la supuesta estafa, la jueza detalla en su sentencia que "ninguna de las pruebas practicadas lleva a demostrar la presunta connivencia de los acusados, ni que estos hubieran urdido un plan para lucrarse en perjuicio de la Administración expropiante", y añade que "el único dato que se apunta al respecto del posible concierto de los acusados" tiene que ver con la denuncia interpuesta por otro perito en el que manifestaba el parentesco del acusado con Rafael Louzán, entonces presidente de la Deputación, "no señalándose ningún indicio" de que su primo hubiese podido influir en el asunto. Lo cierto es que el citado denunciante cambió su declaración en el juicio oral.

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