El Concello expedienta a cinco locales de ocio por sobrepasar el horario máximo de cierre

El Concello de Sanxenxo, a través de la Xerencia Municipal de Urbanismo, ha incoado siete expedientes sancionadores a cinco establecimientos de ocio por sobrepasar el horario máximo de cierre permitido por la Orden de 16 de junio de 2005, por la que se determinan los horarios de apertura y cierre de espectáculos y establecimientos públicos en Galicia.

Según informa el Concello, esta norma establece que las discotecas, pubs y café-bar deben cerrar a las 5.30, 4.00 y 2.30 horas, respectivamente, ampliándose el horario en media hora las noches de los jueves, viernes, sábados y domingos y las de los festivos y vísperas.

A su vez, la Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza autorizó el aumento en sesenta minutos de esta franja de actividad entre el 21 de junio y el 16 de septiembre.

Sin embargo, en las inspecciones llevadas a cabo por la Policía Local se constató el incumplimiento de estas directrices por parte de tres pubs situados en el Puerto Deportivo Juan Carlos I, así como por una discoteca y un negocio de hostelería de la calle Fuensanta Rodríguez, según indican las mismas fuentes municipales.

Ante estos hechos, la administración municipal ha ejercido la función de policía -recogida en el artículo 1.1. del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales, aprobado por el decreto de 17 de junio de 1955- "al existir perturbación grave de la tranquilidad y salubridad de los ciudadanos, con el fin de restablecerlas o conservarlas", ha explicado.

"El exceso en los horarios señalados constituye una infracción leve contemplada en el artículo 26 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, pudiendo ser sancionada con una multa económica", recuerda el Consistorio. Además, añade que la comisión de tres faltas de este tipo en un plazo de un año se consideraría grave derivando incluso en la clausura temporal del local durante un período de seis meses.

Una vez notificadas las resoluciones, los responsables de estos locales cuentan con diez días de plazo para comprobar el expediente incoado por la Unidad de Disciplina Urbanística y presentar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen oportunas.

La Xerencia Municipal de Urbanismo dará cuenta del acuerdo a la delegación provincial de la Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza, así como a la Junta Local de Seguridad.

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