El Juzgado obliga a Sanxenxo a tomar medidas con un local dos Barcos

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra condena al Concello al control preventivo de un conocido local que, según los denunciantes, funciona como pub

Un auto del Juzgado de lo Contencioso número 1 de Pontevedra obliga al Concello de Sanxenxo a responder de modo más efectivo a la sentencia que dicta medidas cautelares sobre el control de emisiones de ruido y de la actividad de un conocido local de la zona de ocio nocturno de Sanxenxo, situado en la Rúa Praia dos Barcos. 

El demandante, que se considera afectado directamente por el volumen del ruido de la citada actividad, ha dado a conocer el nuevo fallo que se suma a otras dos solicitudes de medidas sobre la actividad de la instalación promovidas este año y que, hasta el momento, no se habrían cumplido. Esta petición avalada por la titular del Juzgado pontevedrés insta a tomar medidas, aunque no entra a analizar si se produce "inactividad" por parte de la entidad gobernada por Gonzalo Pita –tal y como pide el denunciante– frente a los fallos en los que solicitan medidas de control sobre el nivel de ruidos, el horario de apertura de las instalaciones y la actividad, que, según la denuncia, ejercería como pub, a pesar de que dispone únicamente de licencia para cafetería.

El Concello tiene un expediente en curso, aunque la juez considera que no es motivo para no aplicar más control al local

El nuevo requerimiento insta al Concello a que "se proceda a comprobar y exigir que la actividad desarrollada en el local (...) se ajusta a la de cafetería, única para la que cuenta con licencia concedida por la Gerencia Municipal de Urbanismo el 21 de julio de 2010". 

El fallo pide también que el Concello actúe para comprobar que "cumple el horario de apertura y cierre del establecimiento, la normativa de contaminación acústica y de aforo de personas" y pide que se mantenga este control de modo cautelar hasta que se produzca una sentencia firme. La primera denuncia de este particular sobre los excesos del citado local se remonta a 2015. 

El Concello, por su parte, había alegado que las medidas de control se han tomado "dado lo avanzado del expediente sancionador en materia de contaminación acústica, en el que, además de la sanción se propone la clausura por el periodo de un mes". Argumentan sin embargo que, con este expediente en curso sería desproporcionado adoptar otras medidas cautelares, algo que la juez considera irrelevante, al entender que con las medidas no se causaría perjuicio "sino beneficio del interés público y general".

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